9:30 – 18:00

Lunes a viernes

C/ De Can Oliva, 10 1ª Izda.

07012 Palma de Mallorca

971 415 067

Bienvenido al portal de abogados y economistas expertos en derecho mercantil

21 December, 2024

9:30 – 18:00

Lunes a viernes

C/ De Can Oliva, 10 1ª Izda.

07012 Palma de Mallorca

971 415 067

Permanencia compañía de luz y penalización, logos energía.

5.55K visitas
2
Jesús. (anónimo)
0 comentarios

Hola, me he dado de alta en una compañía de luz que me aplica unos precios abusivos en mis facturas, estoy intentando cambiar de compañía y esta compañía me llama para decirme que tengo una penalización por incumplir  la permanencia de unos 180 euros por el consumo no gastado y por el servicio que me di de alta, más 300 euros que dicen que pone en las condiciones particulares del contrato, condiciones particulares a las cuales no he podido acceder desde el sms que me mandan.

¿Es posible que me quieran cobrar 300 euros más porque lo pone en las condiciones particulares?

¿Es esto de la permanencia y de lo de las condiciones particulares legal?

Gracias por atenderme.

Cristina Fanelli Pregunta respondida 23 marzo, 2022
1

Apreciado Jesús,

Ante todo agradecer tu confianza en el foro de Futur Legal y, por tanto, en la respuesta que procedemos a darte.

En primer lugar, es indispensable indicar que, para responder con total seguridad a las cuestiones que planteas, sería necesario poder analizar tanto las condiciones particulares como generales de tu contrato. Siendo que, en tu caso, la compañía no te ha hecho entrega de las mismas, como derecho imprescindible de todo consumidor, puedes exigir su inmediato envío, incluso vía mail. La entrega del documento contractual al cliente es un deber de toda empresa.

En segundo lugar, y suponiendo que en el contrato está amparada la penalización por incumplimiento de compromiso, es cierto que pueden realizar un cargo a su favor, pero éste cargo deberá ser proporcional al tiempo que te faltaba por cumplir la permanencia. Así lo prevé el artículo 62.5 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

En tercer lugar, te aconsejaría que le preguntaras a la compañía a que concepto corresponderían los 300€ que te exigen ya que, por regla general y siempre y cuando se esté al corriente de pago, suelen cobrar únicamente la penalización de compromiso. Otras empresas, como las de telefonía, sí que cobran unos importes relativos a la instalación realizada. Dado lo cual, ante todo, hazte con la copia del contrato y solicita información expresa sobre la cláusula de que prevé el pago de 300€.

Espero haber sido de ayuda y, otra vez, gracias por confiar en nosotros.

Cristina Fanelli Pregunta respondida 23 marzo, 2022
Estas viendo 1 de 1 respuestas. Ver todas las respuestas.
Top