En este artículo analizaremos los puntos principales de la carta que el liquidador de FWU Life Insurance Lux S.A. está enviando a los afectados.
Si eres un afectados por la liquidación de FWU Life, en un artículo anterior te hemos dado una visión global del caso y explicado la vía de reclamación contra OVB por una comercialización deficiente del producto de inversión.
Si has invertido en pólizas de seguro emitidas por FWU Life y buscas recuperar tu dinero, contacta con los abogados especializados en reclamaciones financieras de Futur Legal: 📧 cristina.borrallo@futurlegal.com.
El liquidador judicial nombrado por el Tribunal d’Arrondissement de Luxembourg (Maître Yann Baden) está remitiendo una carta a los afectados, cuyo asunto es Reclamación de crédito en la liquidación de FWU Life Insurance Lux S.A.
En teoría esta comunicación ha de llegar a los afectados antes del 31 de julio de 2025. Si aún no la has recibido, visita la web del liquidador (https://fwulifelux.com/servicecenter), rellena el documento en español que comparte y remítelo a info.en@fwulifelux.com con la documentación acreditativa de los datos que quieras comunicar / actualizar (DNI, facturas de suministros, etc).
Indice
Comunicación del liquidador
Nos consta que muchos afectados por el procedimiento concursal / liquidación de FWU han recibido un correo electrónico de FWU Life Insurance Lux S.A. (in liquidation) declaracioncredito@fwulifelux.com.
En dicha comunicación se adjunta “Formulario de Reclamación (Prueba de Deuda) pre-cumplimentado, calculado en base a los registros disponibles de FLL y revisado por mí, para facilitar la presentación de su reclamación.”
El liquidador solicita revisar, rellenar, firmar y enviar el formulario con los documentos justificativos. No tengas prisas, que no las hay. Primero leete con calma el documento y nuestro artículo.
¿Qué plazo tengo para responder?
Antes del 31 de enero de 2028. No tengas prisa en contestar.
Nuestra recomendación: que la comunicación con el liquidador esté primero validada por el despacho de abogados que lleve tu caso.
¿Acepto o rechazo el importe que propone el liquidador?
Si has recibido la carta, las cantidades reconocidas por el liquidador suponen pérdidas del 40-50%, si no más. Buena parte de la pérdida tendrá que ver con la comisión inicial que se cobra OVB al colocar estas primas de seguros.
La carta del liquidador propone dos opciones:
- Aceptar la cantidad.
- Rechazar y justificar una cantidad mayor.
Añadimos desde Futur Legal otras opciones:
- No responder y esperar a que el procedimiento de demanda contra OVB avance (a fin de cuentas hasta el 31 de enero de 2028 hay tiempo).
- Responder al liquidador que nos remita la documentación completa que tiene de nuestro expediente y otros aspectos relevantes del caso. Carta que debería validar el despacho de abogados que lleve el caso.
¿Si no respondo pierdo los dividendos?
En la carta del liquidador se habla de “dividendos” y que “la no presentación de una reclamación de deuda le excluirá del reparto de dividendos“.
No entendemos a qué dividendos hace referencia, teniendo en cuenta que las pólizas de ahorro no repartían dividendo alguno. Es una de las cuestiones que hay que preguntar al liquidador antes de aceptar o rechazar nada.
De la lectura en profundidad del documento, principalmente en las nota explicativa con preguntas y respuestas, interpreto que por el liquidador usa el término dividendos con un significado diferente al que tiene en España. Dice el liquidador que pedirá al Tribunal de Primera Instancia de Luxemburgo “iniciar el pago de dividendos parciales a cuenta” tras la verificación y aprobación de “un número relevante de créditos”. Por tanto, creo que por dividendo hace referencia a la devolución de cantidades.
¿Cuánto y cuándo cobraré?
La vía de la liquidación es un procedimiento concursal en un tribunal de Luxemburgo. Es complejo y largo.
Que el liquidador presente una cantidad a su nombre como acreedor preferente al Tribunal no significa que le vayan a devolver este dinero. Primero el Tribunal ha de aceptar estas cantidades y, después, tiene que haber dinero suficiente para los pagos a todos los afectados.
En cuanto al momento de devolver el dinero, el liquidador dice que intentará que haya pagos parciales antes del 31 de enero de 2028. Pero, por nuestra experiencia en procedimientos concursales, podría perfectamente no recibir el dinero y tener que esperar meses o años después de esta fecha.
Espero haber resuelto algunas dudas de los afectados que han recibido la comunicación de Maître Yann Baden, liquidador de FWU Life Insurance Lux S.A. Quedamos a vuestra disposición para cualquier otra duda en:
📧 cristina.borrallo@futurlegal.com
📧 pau.monserrat@futurlegal.com
Economista especializado productos financieros y socio del despacho de abogados y economistas Futur Legal.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
Consejero del CES de las Illes Balears. Patrono de Finsalud. Profesor asociado de la UIB y director de trabajo fin de máster de la UNIR.
Autor del libro a Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013) y coautor de Comentarios sobre la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y de los Servicios de Inversión (Aferre, 2024); Situación, tendencias y restos del sistema financiero (Aranzadi, 2022); Perspectiva legal y económica del fenómeno FinTech (Wolters Kluwer, 2021); Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario (Wolters Kluwer, 2019).
Pau A. Monserrat entiende la actividad del economista más allá de una profesión, como una forma de entender y participar en el mundo. Su enfoque humanístico combinado con un análisis matemático le permite abordar con garantías de éxito los encargos de sus clientes. Se ha mostrado activo en la divulgación de la educación financiera, la intermediación hipotecaria, así como en la defensa de los derechos de los usuarios del sector financiero.