Un gran día para nuestro despacho especializado en demandas contra bancos y para nuestros clientes que temían perder su hogar, afectados por una hipoteca de Landsbanki Luxembourg S.A. sobre una casa en las Illes Balears. La filial del banco islandés Landsbanki Íslands hf está en proceso de liquidación e inicio un procedimiento de ejecución hipotecaria contra nuestros clientes. Reclamaba una deuda cuyo principal era de 198.662 euros, cuando los clientes habían dispuesto solo de 31.100 euros, en varias disposiciones del crédito hipotecario de Landsbanki Luxembourg cuyo límite es de 290.000 euros.
Nuestra abogada experta en derecho hipotecario nacional e internacional, Cristina Borrallo Fernández, ha conseguido que la Juez del juzgado de 1ª Instancia núm. 3 de Inca sobresea el procedimiento de ejecución hipotecaria, lo que supone una victoria para la familia, que puede seguir viviendo en su casa y, a vencimiento, devolverá la cantidad realmente adeudada a la entidad financiera internacional.
Fundamentos del sobreseimiento
La Juez considera que la determinación del saldo adeudado, según información de la hipoteca de Landsbanki aportada por la entidad, no es correcta o, al menos, incompleta.Por tanto, procede el sobreseimiento de la ejecución hipotecaria por nulidad del título, al considerar la Juez que no se cumplen los requisitos del ar. 572 de la LECivil y no se acompañan los documentos preceptivos de los arts. 574 y 685 en relación con el art. 573 de la LECivil.
Consecuencias para los afectados por la hipoteca de Landsbanki
La situación de los deudores hipotecarios defendidos por el despacho Futur Legal era muy preocupante y kafkiana, dado que un banco extranjero en proceso de liquidación, causada por la crisis financiera de Islandia, les reclamaba mucho más dinero del realmente prestado y procedía a ejecutar la hipoteca para quedarse con la casa. Con la victoria judicial de estos afectados por una hipoteca de Landsbanki se consigue que la justicia prevalezca: siguen disfrutando de su hogar y, cuando venza el plazo pactado, devolverán el dinero prestado a la entidad financiera, si ésta no ha sido aún liquidada.
Economista especializado productos financieros y socio del despacho de abogados y economistas Futur Legal.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
Consejero del CES de las Illes Balears. Patrono de Finsalud. Profesor asociado de la UIB y director de trabajo fin de máster de la UNIR.
Autor del libro a Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013) y coautor de Comentarios sobre la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y de los Servicios de Inversión (Aferre, 2024); Situación, tendencias y restos del sistema financiero (Aranzadi, 2022); Perspectiva legal y económica del fenómeno FinTech (Wolters Kluwer, 2021); Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario (Wolters Kluwer, 2019).