Sin duda, la actual pandemia derivada por la crisis sanitaria derivada del virus Coronavirus SARS-coV-2, cuya enfermedad es el Covid-19, no ha dejado de traernos situaciones negativas y una crisis económica sin precedentes a nivel mundial. Pero es cierto que, tras las severas medidas de confinamiento, la sociedad ha vivido una importante revolución tecnológica para adaptarse a la nueva situación. Reuniones telemáticas, celebraciones de juntas, congresos, jornadas, webinars, incluso señalamientos judiciales. Y lo cierto es que, nos hemos adaptado a dicha realidad con mucha celeridad, incluso agradeciendo la optimización del tiempo que ha propuesto y el ahorro en costes operativos.
En relación a la junta telemática de las sociedades de capital, durante las duras restricciones ya se dio la posibilidad de que las sociedades llevaran a cabo celebraciones telemáticas de las juntas de socios en los apartados 1 y 2 del artículo 40 del Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, modificado por el Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Cristina Borrallo es licenciada en Derecho y Máster en Derecho Mercantil por la Universidad de Barcelona (UB). Abogada colegiada 5995 por el Colegio de Abogados de las Illes Balears.
Directora del Departamento Jurídico de Futur Legal. Miembro del Tribunal Arbitral de Consumo de las Illes Balears.
Máster en Abogacía, especialidad en Derecho Civil y Mercantil por la UB.
Máster en Mediación Civil y Mercantil por la Universidad Antonio de Nebrija.
Máster en Asesoría Jurídica de Empresa por la Universidad Internacional de La Rioja, con Suplemento Europeo del Título.
Curso en Contractual Law por la Universidad de Harvard.