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Bonificación diferencial de mi hipoteca multidivsa

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Eduardo (anónimo)
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Mis abogados han demandado al banco por abusividad de la hipoteca multidivisa, contratada en enero de 2008 en yenes. En la escritura se bonifica el tipo de interés según seguros y otras vinculaciones. ¿Puede el banco negarse a aplicar bonificaciones por haberle demandado? ¿Le puedo exigir que cumpla?

Muchas gracias.

Cristina Borrallo Pregunta respondida 13 agosto, 2021
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Apreciado Eduardo, te respondo sin haber sido nuestro despacho el que ha demandado al banco y sin haber podido analizar tu caso, concreto. Así que toma mi respuesta como una “idea general”.

En el petitum de las demandas multidivisa interpuestas por Futur Legal solicitamos la nulidad del clausulado multidivisa y que, tras la nulidad de éstas, el préstamo permanezca con el euribor pactado y, por supuesto, con las bonificaciones oportunas.

El descuento de las bonificaciones debería realizarlo el banco de manera automática, según la revisión anual pactada, si se da el cumplimiento de los productos vinculados. Es decir, no deberías tener que hacer comunicados anuales.

No obstante, si la dejadez del banco es grave, te recomendamos enviar comunicación a la oficina en este sentido. Si hacen caso omiso, tus abogados tendrían que ayudarte a enviar reclamación al SAC de la propia entidad.

El incumplimiento de las bonificaciones lo vemos generalmente en ejecución de sentencia. En nuestras demandas lo pedimos expresamente en el petitum. Si al ganar el procedimiento el banco hiciera mal la liquidación (cosa más que probable y desgraciadamente habitual), tus abogados deberían ejecutar la sentencia en esos términos.

Por ahora, lo importante es que el banco, durante el tiempo que transcurra hasta la finalización del proceso judicial, anualmente haga los descuentos oportunos. Si no lo hiciera, tendrías dos opciones opciones: 1) esperar a la finalización del procedimiento y en ejecución de sentencia hacer los recálculos correspondientes o 2) instar una nueva demanda judicial por incumplimiento contractual (es un procedimiento distinto).

Espero haberte sido de ayuda, siempre bajo la cautela de estar respondiendo de forma general, no pudiendo saber si todo lo comentado se ajusta exactamente a tu caso.

Saludos cordiales.

Cristina Borrallo Pregunta respondida 13 agosto, 2021
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