Bon dia,
Me gustaría hacer una consulta.
Es sobre la consturcción de una casa con una hipoteca de autopromoción. Mi pareja (marido) tiene un trocito de tierra heredado, tenemos ya los permisos para construir, nos falta el dinero, la hipoteca… esta tendrá que estar a nombre de los dos para poder pedir el dinero necesario para construir y poder pagar la cuota mensual.
Mi duda es, si el trozo de tierra no es mio y me tengo que poner en la hipoteca, ¿cómo se puede hacer para que ninguno de los dos salga perjudicado si algun día (que esperemos que no!) la relación no fuera bien y nos tuviésemos que separar/divorciar? ¿Se puede hacer algún tipo de acuerdo previo a la firma de la hipoteca? ¿Cómo se actúa en estos casos de manera posterior? Quiero decir, lo invertido se “pierde”, la persona que se queda con la casa paga a la otra…? De la hipoteca entiendo que se puede “salir” o cambiar los nombres…
No sabemos cómo se procede y las personas que hemos consultado nos dicen cosas diferentes. La propiedad no es mia y me gustaría que siguiera siendo así ya que es una herencia de mi marido…
No sé si me pueden ayudar, les estaré muy agradecida. Sinó también saber dónde dirgirnos…
A la espera de su respuesta.
Muchas gracias y disculpen las molestias!
2 Respuesta
Apreciada Bel Maria,
Estoy completamente de acuerdo con la contestación emitida por mi compañero Pau A. Monserrat.
Desde el punto de vista jurídico una actuación a posterior, es decir, cuando se produzca una crisis matrimonial sobre una propiedad que es en exclusiva de su marido no nos ofrece un buen escenario de actuación.
Yo le recomiendo que si va a ser usted deudora hipotecaria debe poner la construcción también a su nombre en los porcentajes que consideren adecuados. Recuerde que una cosa es el solar donde va a efectuarse la construcción y otra es la construcción que ustedes tendrán que declarar en la correspondiente escritura de obra nueva cuando esté finalizada y por la que ustedes van a solicitar el préstamo hipotecario.
Aconsejarle también que durante toda la construcción del inmueble aparezca también como promotora del proyecto, ya que constituirá también prueba de que la construcción será copropiedad de los dos y no sólo de uno de ustedes.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor, abogada.