Buenas,
Necesito que me aclareis una duda, actualmente estoy en proceso de comprale a mi expareja la mitad de su parte de la casa, hasta ahora en todo el proceso de pedir el prestamo hipiotecario etc….hemos estado hablando de extincion de Condominio, pero a la hora de ir a firmar a la notaria me dicen que es un Liquidación de gananciales, ya que cuando nos divorciamos no llegamos a hacerla.
Me podiais explicar cual es el proceso correcto, ya que me dicen que no podemos hacer la extincion de condominio porque la casa esta en gananciales y hay que liquidar primero los gananciales.
Muchas gracias,
1 Respuesta
Apreciado David,
En derecho muchas veces tenemos distintas figuras jurídicas para lograr lo mismo, y la labor de los profesionales es elegir la que se debe aplicar a vuestro caso con vuestros antecedentes.
Por lo que me comentas, las partes que sois copropietarias de una vivienda sois vuestra exmujer y tu, es decir, que habéis estado unidos por un vínculo matrimonial que además se regía por el régimen de gananciales.
Al extinguir el vínculo matrimonial, es decir el divorcio, se cumple el requisito previo para poder proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales y, si la vivienda familiar forma parte del activo de dicha sociedad, es correcto lo que os dice el Notario, es decir, liquidando la sociedad extinguiréis la copropiedad del bien.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor.