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Cláusula suelo Banco popular

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Ester (anónimo)
0 comentarios

Hola buenos días,
Recibí la respuesta del Banco Popular sobre mi reclamación por el cláusula suelo.

Dice:
Nos dirigimos a usted para informarle que, en respuesta a la reclamación de fecha 03/03/2017 que ha presentado al amparo del RDL 1/2017 de 20 de enero de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, le informamos que dicha reclamación no puede ser atendida, por lo tanto no le resulta de aplicación el Real Decreto-Ley, ya que en su caso, la operación por la que reclama carece de alguno de los siguientes requisitos:

• Ser préstamo o crédito.
• Estar vigente.
• Estar destinado a consumo.
• Contar con garantía de hipoteca inmobiliaria.

No entiendo estas razones porque es un préstamo hipotecario y está vigente , lo estoy pagando todavía y es mi vivienda habitual. Mi pregunta es si tengo posibilidad de reclamar ahora por lo judicial y si merece la pena hacerlo.
Tengo la hipoteca desde 2003 y en 2016 se rebajo la cuota automáticamente cuando salió la sentencia de cláusula suelo.

Gracias
Un Saludo

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Apreciada Ester,

Lamentablemente esta es la contestación “tipo” que Banco Popular manda a los afectados por cláusula suelo a los que por alguna razón deniega la posibilidad de recuperar su dinero.

El argumento de que debe “ser préstamo o crédito” lo cumplen el 100% de las hipotecas que se solicitan en España, por lo que me atrevo a señalar que es una vergüenza de argumento.

Por otro lado, un afectado por cláusula suelo con una hipoteca cancelada (cuanto menos si hace menos de 4 años de la cancelación) también puede reclamar la devolución de cantidades pagadas de más. Por tanto, el argumento “estar vigente” tampoco tiene sentido jurídico.

“Estar destinado a consumo” es un argumento débil: es cierto que los Tribunales pueden discutir el carácter de consumidor si el importe de la hipoteca no se ha destinado a la compra de un inmueble, sino a otros fines. Pero si estos otros fines no tienen un claro carácter empresarial (financiar un negocio, por ejemplo), como por ejemplo reunificar deudas personales, se puede ganar una demanda contra el banco por falta de transparencia.

“Contar con garantía de hipoteca inmobiliaria” es otra insensatez: si la cláusula suelo está en un préstamo hipotecario, existe una garantía real: la hipoteca. Otra cosa es que se reclamara una cláusula suelo en un préstamo personal, que se sale de la doctrina del Tribunal Supremo.

Mi recomendación: acude a un abogado especializado en cláusula suelo y que valore interponer una demanda contra Banco Popular.

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