Qrenta invertía en acciones del Mercado Alternativo Bursátil (MAB) tanto directamente como a través de fondos. Dicha actuación ha supuesto numerosas pérdidas a muchos inversores, los cuales desconocían dicha operativa. Muchos afectados ya están reclamando a la agencia de valores, por lo que si eres un posible afectado es necesario que un profesional analice las condiciones de tu inversión.
En este artículo veremos la situación de los afectados por QRENTA y las soluciones legales a su alcance. Contacta con los profesionales de Futur Legal si quieres que abogados y economistas especializados en reclamaciones y demandas por productos y servicios financieros complejos estudien tu caso.
Antecedentes
La CNMV accedió a la petición de suspender de cotización los Fondos Annapurna FI y Esfera Renta Variable Internacional FI mediante comunicado de fecha 27 de junio de 2018 a petición de la entidad gestora Esfera Capital Gestión SGIIC. Tras un exhaustivo análisis de seguimiento por parte del regulador, quien estuvo valorando la evolución del patrimonio de las instituciones mencionadas, la CNMV exigió a las entidades responsables de su gestión las oportunas medidas de control y vigilancia de la liquidez de las carteras que han resultado insuficientes dada la evolución de los reembolsos.
Además de tener mucho MAB, dichas acciones estaban manipuladas.
Las acciones que componían esos fondos cotizaban en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil (MAB), es decir, en empresas en expansión de reducida capitalización, SICAV’s o empresas de capital riesgo. La limitada liquidez de esos valores complicaba la operativa de los esos fondos porque impedía la satisfacción de los reembolsos solicitados por los partícipes, haciendo que se incrementaran los riesgos propios de toda inversión. Dicho de otra manera, cuando el fondo o la agencia de valores quieren vender para tener liquidez y dárselas al inversor no pueden hacerlo ya que nadie compra. En el caso de que sí lo pudieran vender el riesgo de liquidez implica que el precio caiga mucho.
MAB
Los riesgos propios del mercado MAB (Hoy BME Growth) se concretan, básicamente, en el riesgo de mercado, el riesgo de agencia y el riesgo de liquidez.
Dadas las características propias y los riesgos ínsitos en el MAB las inversiones que se realizan son claramente de riesgo y deberían estar destinadas a inversores cualificados o instituciones, en ningún caso a un inversor minorista.
Gestión delegada de QRENTA
La gestión de las IICs mencionadas estuvo delegada en la agencia de valores Q-Renta AV, SA.
La CNMV incoó varios expedientes sancionadores a QRENTA, por la posible comisión de diversas infracciones graves tipificadas en el artículo 295.4 de la LMV, por realizar prácticas de manipulación de mercado en determinados periodos de los años 2015 y 2016 así como por la posible comisión de una infracción muy grave de las previstas en el artículo 283.3 de la LMV, por deficiencias en la llevanza de los registros de órdenes y sus justificantes y otras incidencias sobre organización interna y aspectos de control.
En dichos informes de la Unidad de Vigilancia de Mercado concluye que QRenta llevó a cabo repetidas actividades en la manipulación en la cotización de valores, en perjuicio de los clientes.
Obligaciones impuestas en la Ley del Mercado de Valores
Es importante saber, a la hora de reclamar a Qrenta, que es trascendental la calificación como cliente que se dio al inversor a los efectos de la Ley del Mercado de Valores (LMV). Asimismo, es determinante saber la información prestada por parte del cliente a través del test de idoneidad (al haber asesoramiento) en relación al riesgo o porcentaje de riesgo que estaba dispuesto a asumir con la inversión y que el profesional contratara en base a dichos parámetros. Dicho análisis del perfil del cliente y los riesgos dispuestos a asumir (test MIFID) debían cumplirse, tanto si Qrenta actuaba mediante un contrato discrecional de cartera como si lo hacía mediante contrato de asesoramiento.
En cualquier caso, Qrenta debió actuar siguiendo las estrictas obligaciones impuestas en la LMV, es decir, actuando de manera diligente y leal e informando de manera clara, amplia, comprensible, suficiente y adecuada. Dicha información debe darse tanto en fase precontractual, de manera precisa y correcta, entregada a tiempo para evitar su incorrecta interpretación y haciendo especial hincapié en los riesgos que conlleva. Cualquier previsión hecha por el asesor debe estar razonablemente justificada y acompaña de las explicaciones necesarias.
Por otro lado, es fundamental que Qrenta no concurriera en conflicto de interés y que no estuviera directamente relacionada con el producto que estaba comercializando a sus clientes. La actuación del profesional debe ser imparcial y de buena fe, sin anteponer sus intereses propios a los de su cliente.
En el caso de que entre las partes existiera un contrato discrecional de carteras, será determinante demostrar que existió una concentración de inversiones en productos de sociedades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) en un porcentaje superior al autorizado por el cliente e incluso en exposición a productos de un riesgo superior al permitido por el cliente en su mandato a la agencia de valores.
Puede solicitarse una indemnización
Dentro de las carteras de asesoramiento podría surgir una responsabilidad civil al amparo del artículo 1.101 del Código Civil, así lo ha declarado el Tribunal Supremo ya en sus Sentencias 754/2014, de 30 de diciembre, 397/2015, de 13 de julio y la 398/2015, 10 de julio.
En consecuencia, si se ha visto afectado por la actuación de Qrenta es fundamental que cuente con un debido asesoramiento y acompañamiento legal y económico para solicitar una indemnización que repare la pérdida ocasionada con la indebida actuación de dicha gestora.