Quizás sea fácil creer que la única manera de proteger una invención sea sometiéndola al lento “procedimiento de amparo” que ofrece la ultra conocida patente … sin embargo, dependiendo del tipo de modelo de negocio y, en especial, del tipo de empresa y de su crecimiento es fundamental barajar el “amplio abanico” que puede ofrecer la propiedad industrial. Y, en especial, nos referimos al secreto empresarial o comercial.
Marca y nombre comercial
Es opinión común la necesidad imperante de actuar con la máxima protección jurídica en el tráfico comercial y, en especial modo, al darse situaciones de alta competitividad entre los distintos operadores económicos no solo a nivel nacional sino supranacional también. En dicho sentido es bien sabido que una empresa que consigue que terceros la identifiquen ha logrado, básicamente, el éxito (recordemos que identificar la empresa con un nombre no es sinónimo de que este nombre sea el de la sociedad inscrita en el registro mercantil). Cobra especial relevancia la marca y nombre comercial.
Propiedad industrial y propiedad intelectual
Existen unas importantes diferencias entre la propiedad industrial y la propiedad intelectual, si bien es cierto que el objetivo común de ambas es proteger la idea original y su forma.
En España la Propiedad Industrial protege todas las creaciones que estén relacionadas con la industria. Entre ellas las conocidas patentes, modelos de utilidad, signos distintivos…creaciones todas éstas que se insertan en procesos de producción en serie, típicos del sector secundario.
Por el contrario, la Propiedad Intelectual, también conocida como derecho de autor, protege las creaciones/autorías del espíritu/inteligencia humana en las que queda plasmada la personalidad del autor, tratándose de creaciones únicas y no producidas industrialmente. Ejemplo de ello y sin que constituya un numerus clausus: obras literarias o artísticas, novelas, teatro, películas, obras de arte, diseños arquitectónicos, reglas para juegos, programas de ordenador y similares.