Cristina Borrallo No hay comentarios

Phishing bancario: el TJUE obliga a devolver inmediatamente el dinero

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de octubre de 2026 refuerza los derechos de las víctimas de fraude bancario y aclara una cuestión fundamental: las entidades financieras no pueden negarse a reintegrar el importe de una operación no autorizada alegando una supuesta negligencia grave del cliente.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una resolución de especial trascendencia para el ámbito del Derecho bancario y la protección de los usuarios de servicios de pago.

Se trata de la Sentencia de 15 de octubre de 2026, asunto C-70/25, Tukowiecka(ECLI:EU:C:2026:852), que interpreta los artículos 73 y 74 de la Directiva (UE) 2015/2366, conocida como PSD2.

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