Hola, buenas tardes.
Tengo una hipoteca desde 2004 pero no estoy seguro de si tiene cláusula suelo o no. También tengo dudas ya que durante una época que me subió mucho la cuota, pagué durante más de 2 años con retrasos y he leído que las comisiones y recargos que me aplicaban pueden ser ilegales. Yo llevo varios días leyendo por internet y a falta de que me confirmen lo de la cláusula suelo, creo que al menos por lo de las comisiones por descubierto debería poner el tema en manos de un abogado. ¿Existen abogados expertos en temas bancarios como tal? ¿Recomendáis algún bufete en especial que trabaje a nivel nacional o busco alguno de mi ciudad? ¿Cómo y dónde lo busco?
Mil gracias de antemano por vuestras respuestas.
2 Respuesta
Apreciado Juanjo,
Las cláusulas suelo son un requerimiento que el banco introduce en los contratos de hipoteca, a través del cual el que solicita la hipoteca asume un tope bajo para el tipo de interés que se aplique, independientemente de cómo evolucione el valor de referencia utilizado (habitualmente el Euribor)
Por ello un ciudadano que tenga incluida una cláusula suelo (por ejemplo de 1,5%) acaba pagando unas cuotas mensuales ajenas a la caída libre del Euribor.
Si usted al momento de firmar la hipoteca, el banco no se lo explicó, tiene derecho a reclamar. Por el contrario la jurisprudencia del Alto Tribunal indica que si en el momento de firmar la hipoteca, el banco transmite esta información al hipotecado y éste es plenamente consciente de las condiciones que se firman, no se puede reclamar.
Para saber si su hipoteca tiene una cláusula suelo, lo mejor es acudir a un abogado especializado, pero usted puede saber si tiene alguna revisando la escritura:
1. Revisar la escritura del préstamo hipotecario y fijarse en los siguientes puntos:
• Cláusulas financieras, en las que, frecuentemente, aparece como “cláusula financiera tercera bis”.
• Cargas.
• Estipulaciones/otorgamientos.
2. Revisar el recibo de la hipoteca y comprobar si al sumar el diferencial y tipo de interés, la cantidad resultante es inferior a lo que pagamos. En este caso, habrá cláusula suelo.
3. Buscar en el contenido del préstamo hipotecario si hay alguna de las siguientes expresiones:
• «En ningún caso el tipo de interés nominal anual resultante de cada variación podrá ser superior al (…) % ni inferior al (…) %»
• «El tipo de interés nominal anual mínimo aplicable será del (…) %»
• «Límite mínimo del tipo de interés aplicable del (…) %»
• «El tipo de interés devengado por el presente préstamo hipotecario no podrá ser inferior al (…) %»
En cuanto a la comisión por descubierto los cargos de entre 35€ y 50€ que suelen cobrar los bancos por los descubiertos por cuenta son abusivos y puedes reclamarlos.
Por último, sobre su pregunta de si hay abogados especializados en temas bancarios, la respuesta es afirmativa. Nosotros estamos especializados y trabajamos a nivel nacional de forma directa o con abogados colaboradores. No dude en ponerse en contacto con nosotros a través de email o por teléfono con los datos que aparecen en nuestra web.
Atentamente
Xisca Batle abogada de Futur Legal