Ganamos ante la Audiencia Provincial de Baleares dos sentencias sobre nulidad de la comisión de apertura de sendos préstamos hipotecarios contratados en su día.
¿Patente o secreto empresarial o comercial?
Quizás sea fácil creer que la única manera de proteger una invención sea sometiéndola al lento “procedimiento de amparo” que ofrece la ultra conocida patente … sin embargo, dependiendo del tipo de modelo de negocio y, en especial, del tipo de empresa y de su crecimiento es fundamental barajar el “amplio abanico” que puede ofrecer la propiedad industrial. Y, en especial, nos referimos al secreto empresarial o comercial.
Servicio sanitario público y privado durante el Coronavirus
Es opinión común, difícilmente pueda haber contrariedad con ella, que la declaración del Estado de alarma por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo ha implicado un conjunto de consecuencias y perjuicios en distintos, por no decir todos, los ámbitos vitales del ser humano. Hacemos referencia al ámbito económico, al ámbito político, al ámbito personal y… a las prestaciones sanitarias. Seguramente cualquiera de nosotros directamente, o indirectamente a través de algún familiar o conocido, se haya visto afectado, no solo y lamentablemente por el propio virus originador del mayor desastre a nivel mundial tras la 2ª Guerra Mundial, sino por la imposibilidad de poder ver solucionados, de algún modo, sus problemas o asuntos sanitarios, en especial modo, con respecto de la prestación del servicio sanitario público. En este artículo veremos qué derechos tiene ante el Estado un afectado por una enfermedad o dolencia que ha tenido que acudir a la sanidad privada al no poder seguir esperando las largas listas de espera de la sanidad pública.
Una ciudadana ante el poder de las eléctricas
Y dice el Preámbulo I de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico “El suministro de energía eléctrica constituye un servicio de interés económico general, pues la actividad económica y humana no puede entenderse hoy en día sin su existencia.” Adelanto que la redacción de la norma, ciertamente, y a juicio de esta humilde consumidora y ciudadana, es nefasta.
Básicamente se nos catapulta a la pura y cruda realidad: la realidad de los gobernantes que ven en la electricidad un negocio y que llevan catalogando, de este modo, y desde hace años, un bien indispensable como si de un “servicio de lujo” se tratara. Ellos dicen y ellos ven la electricidad solo como un interés económico (descuiden que dicha visión siempre cambia en época electoral).