Cristina Fanelli 1 comentario

Una ciudadana ante el poder de las eléctricas

Y dice el Preámbulo I de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector EléctricoEl suministro de energía eléctrica constituye un servicio de interés económico general, pues la actividad económica y humana no puede entenderse hoy en día sin su existencia.” Adelanto que la redacción de la norma, ciertamente, y a juicio de esta humilde consumidora y ciudadana, es nefasta.

Básicamente se nos catapulta a la pura y cruda realidad: la realidad de los gobernantes que ven en la electricidad un negocio y que llevan catalogando, de este modo, y desde hace años, un bien indispensable como si de un “servicio de lujo” se tratara. Ellos dicen y ellos ven la electricidad solo como un interés económico (descuiden que dicha visión siempre cambia en época electoral).

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gestor 13 comentarios

¿Es legal el servicio de permanencia oculta con la compañía de luz?

A menudo ocurre que los clientes buscan un cambio de compañía eléctrica y, justo en el momento en que deciden realizar la gestión se encuentran de que han renovado automáticamente. Ante estas situaciones se producen reclamaciones de los clientes amparando a la legalidad. Veremos hasta qué punto es legal fijar una permanencia con la compañía de luz.

Si tienes más dudas legales puedes contactar con nuestros abogados o usar el foro legal gratuito.

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