Opciones binarias
Cristina Borrallo No hay comentarios

Las opciones binarias (OB) son instrumentos financieros de suma complejidad, cuya característica principal es el elevado riesgo que conllevan.

Han sido generalmente ofrecidas a clientes minoristas a través de plataformas de negociación electrónica. En numerosas ocasiones se han comercializado sin prestar un correcto asesoramiento, sin advertir expresamente sobre los riesgos de pérdida que podían conllevar y sin analizar debida y previamente el perfil inversor del cliente. Te explicamos cómo funcionan y cómo reclamar una inversión en Opciones Binarias.

Por su propia naturaleza, las opciones binarias son un contrato de difícil comprensión para un inversor no profesional, por cuanto no son transparentes en los precios, los costes y las condiciones de negociación, entre otras cuestiones.

¿Cómo funcionan las Opciones Binarias?

Las OB son, básicamente, un juego de azar. Permiten realizar una apuesta sobre el movimiento a corto plazo del precio de uno o más activos subyacentes, expresada en términos de dos escenarios predefinidos, y no responden por lo tanto a ninguna necesidad genuina de inversión para los inversores. Solo existen dos opciones de resultado: ganar o perderlo todo (de ahí el nombre binario).

Generalmente, las OB tienen un vencimiento muy reducido y su finalidad es puramente especulativa.

¿Puede ser un vehículo de inversión adecuado para un inversor minorista?

En absoluto. De hecho, la propia Comisión Nacional del Mercado de Valores, en resolución de 27 de junio de 2019 publicada en el BOE ya advirtió que no son productos adecuados para el tramo de clientes minoristas y, por tanto, no les deben ser comercializadas de forma generalizada, prohibiendo expresamente su venta.

Las autoridades competentes, ESMA y CNMV en España, han venido expresando su preocupación por el crecimiento exponencial de distribución de este tipo de producto al segmento de clientes minoristas desde el año 2015.

Por tanto, si eres un inversor minorista que buscas conservar tu patrimonio y evitar pérdidas (en mayor o menor medida) no es el producto adecuado para tus intereses por cuanto el riesgo de pérdida es prácticamente absoluto.

¿Qué riesgos tienen las Opciones Binarias?

Sus principales riesgos son la elevada volatilidad a corto plazo y el efecto apalancamiento. Es un producto sumamente arriesgado.

Especialmente, el efecto de apalancamiento se produce por cuanto aumenta la probabilidad de que el inversor no disponga de garantías suficientes para mantener sus posiciones abiertas ante fluctuaciones en los precios de los subyacentes, por lo que se produce frecuentemente el cierre automático de sus posiciones y pérdidas que exceden los importes desembolsados por los clientes en concepto de garantía.

Según datos recabados por ESMA, tras estudios específicos realizados por las distintas autoridades nacionales competentes, entre ellas la CNMV, los resultados de clientes minoristas que invierten en este producto o en CFD (contratos por diferencias), mostraron que entre un 74 % y un 89 % de los inversores pierden dinero.

Para dar respuesta a la preocupación existente respecto a la comercialización de CFD y OB a los clientes minoristas, el 22 de mayo de 2018, ESMA adoptó la decisión de prohibir la comercialización, distribución o venta de OB a los inversores minoristas en la Unión Europea desde el 2 de julio de 2018 y la decisión de restringir la comercialización, distribución o venta de CFD a los inversores minoristas en la Unión Europea a partir del 1 de agosto de 2018. Estas decisiones, tomadas de conformidad con el artículo 40 del Reglamento (UE) n.º 600/2014.

Por ello, la CNMV haciendo suyas las decisiones alcanzadas por ESMA ha prohibido, a partir del 2 de julio de 2019, la comercialización, distribución o venta de opciones binarias a clientes minoristas.

¿Puedo reclamar mi inversión en Opciones Binarias?

Si te han comercializado este tipo de producto con posterioridad al 2 de julio de 2018 y eres cliente minorista debes reclamar.

Si la comercialización tuvo lugar con anterioridad a esa fecha, tendremos que analizar si la empresa comercializadora cumplió fielmente con las previsiones legales contenidas en la Ley del Mercado de Valores a la hora de venderte el producto.

¿Y si la empresa que ha vendido el producto no está en España?

Estas medidas legales de prohibición a la hora de comercializar también son de aplicación a toda la actividad de comercialización, distribución y venta de estos productos a clientes minoristas residentes en territorio español, independientemente de la procedencia de la entidad que comercialice y distribuya estos productos o la existencia o no de sucursal en España.

Numerosas son las plataformas que han comercializado este tipo de productos pero no tienen sede física en España ni están autorizadas para operar por la CNMV.

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