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Extinción de condominio sin tener ratificado el convenio de común acuerdo

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Estoy separada desde hace año y medio, pero hasta ahora el mes de febrero no hemos llevado al juzgado de Guadalajara la propuesta de convenio regulador de común acuerdo y estamos a la espera de que nos citen para firmar y ratificar.
Ahora con el tema del covid-19 se ve que está todo parado y no sé cuándo nos llamarán.
Nuestra intención era, paralelamente, iniciar los trámites para hacer la extinción de condominio; mi expareja solicitaría la hipoteca con la que liquidaríamos la común pendiente y me pagaría mi 50%.
Yo mientras, el reciente 11 de marzo, he pagado una reserva, «arras» de la vivienda para la que yo solicitaría mi propia hipoteca – con tiempo de 3 meses, hasta el 12 de junio, precisamente para poder dar tiempo a que todo fuese «fluído»
Ahora me encuentro con que mi empresa ha presentado un ERTE y que los juzgados están paralizados y no tengo ni idea de cuándo ratificaremos el dichoso convenio.
Mi expareja no se atreve a solicitar la hipoteca y hacer la extinción de condominio porque en el banco donde lo ha medio hablado le dicen que hasta que no esté ratificado el divorcio, nada de nada. Además teme que su empresa también cierre y se ha echado atrás.¿Es cierto que no pueden concederle la hipoteca sin esa ratificación efectiva? ¿no podría servir con algún tipo de demostración de que el convenio está presentado=
Por favor…. sé que es un medio culebrón, pero estoy bloqueadísima sobre qué hacer.
Todo apunta a que pierdo la señal del piso (y el piso!!!!) aunque voy a hacer lo imposible por que la inmobiliaria y la empresa con la que me he comprometido a gestionar la hipoteca (uffffffff) me hagan una especie de moratoria como excepción por el tema de la alarma, etc…
¿Me podríais orientar sobre qué puedo hacer?

Gracias

Pau A Monserrat Valenti Pregunta respondida 26 marzo, 2020
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Apreciada Marisa,

Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que todos, sin excepción, estamos bajo el cumplimiento de este estado de alarma y tendremos que ir aprendiendo de las circunstancias a medida que se nos van planteando.

Vuestro acuerdo era perfecto porque cubría los intereses de ambas partes y ambos estabais conformes, y lo ideal será reconducirlo tan pronto como las circunstancias nos lo permitan.

Para el análisis de la situación que nos planteas debemos tener en cuenta qué circunstancias podemos controlar porque estén al alcance de nuestra voluntad y cuáles no.

No podemos controlar cuándo nos citarán para proceder a la ratificación del convenio regulador, puesto que los plazos están suspendidos de conformidad a lo establecido en el contenido del estado de alarma.

No podemos controlar las repercusiones que dicho estado de alarma tenga en nuestra economía, puesto que me informáis que ambos vais a ser parte de un ERTE; recordad que un ERTE es una medida temporal.

No podemos controlar qué van a decidir hacer las entidades de crédito para poder seguir concediendo créditos hipotecarios; a modo de ejemplo las propias entidades pueden verse afectadas en sus políticas de concesión de créditos al tener que destinar una gran parte de los mismos a las pymes, por ejemplo.

Con todo ello quiero decirle que , antes del presente estado de alarma, sí que es cierto que la gran mayoría de entidades de crédito adelantaban el estudio de viabilidad de las operaciones sólo con una copia del convenio firmado, pero no la aprobaban de forma definitiva hasta la ratificación del mismo.

Inmersos en este estado, desconozco si las entidades bancarias siguen estudiando la viabilidad de las operaciones de crédito bajo los mismos criterios, ya que las circunstancias han variado notablemente.

Lo que sí puede hacer es ocuparse del contrato de opción que ha firmado, ya que puede ser de imposible cumplimiento por circunstancias no imputables a usted, es decir, por circunstancias sobrevenidas y totalmente fuera del poder de actuación de las partes. Le recomendaría que se pusiera en contacto con la inmobiliaria y mirara de negociar con ellos algún escenario de inmediato y no centre ahora su atención en la entidad bancaria puesto que, como le he indicado, es un escenario que no podemos controlar.

Atentamente le saluda,

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

Pau A Monserrat Valenti Changed status to publish 26 marzo, 2020
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