Muchas son las dudas que asaltan a los intermediarios de crédito inmobiliario (ICI) en relación con la posibilidad de operar y ampliar su actividad fuera de las fronteras españolas. ¿Puedo ejercer libremente en otro país? ¿Es necesaria la constitución de una nueva sociedad? ¿Puedo simplemente pedir un “pasaporte comunitario” y actuar en otro país miembro de la UE? ¿Qué pasos debo seguir para poder operar fuera de España?
En definitiva: cómo se puede ejercer la actividad transfronteriza de un bróker hipotecario dado de alta en el Banco de España.
Cristina Borrallo es licenciada en Derecho y Máster en Derecho Mercantil por la Universidad de Barcelona (UB). Abogada colegiada 5995 por el Colegio de Abogados de las Illes Balears.
Directora del Departamento Jurídico de Futur Legal. Miembro del Tribunal Arbitral de Consumo de las Illes Balears.
Máster en Abogacía, especialidad en Derecho Civil y Mercantil por la UB.
Máster en Mediación Civil y Mercantil por la Universidad Antonio de Nebrija.
Máster en Asesoría Jurídica de Empresa por la Universidad Internacional de La Rioja, con Suplemento Europeo del Título.
Curso en Contractual Law por la Universidad de Harvard.