Cristina Borrallo No hay comentarios

IRPH TJUE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha convocado a las partes para la celebración de vista el próximo 25 de febrero de 2019, tras el informe de la Comisión Europea, que se posicionó a favor de los afectados por la aplicación del IRPH. Desde futur Legal estamos esperanzados en que el Tribunal Europeo ampare a los consumidores españoles una vez más y sea el fin del IRPH. Tenemos que recordar que, por desgracia, nuestro Tribunal Supremo se posicionó de forma desfavorable en su sentencia de 14 de diciembre de 2017 e impidió a miles de familias reclamar sus derechos. Fue a raíz de una Cuestión prejudicial planteada por el Juez de Primera Instancia nº 38 de Barcelona a la hora de resolver un caso concreto que se ha llevado este asunto a Europa.

Consideramos que es un índice absolutamente manipulable y que no superó el control de transparencia a la hora de comercializarse en la gran mayoría de los casos, por cuanto no se explicó correctamente cómo afectaba el mismo en los contratos y que implicaciones jurídicas y económicas suponía a los clientes endeudarse con este índice. Tendremos que estar muy atentos a la Sentencia del TJUE que se publicará días después de haber tenido lugar la vista.

Si eres un afectado por una hipoteca con IRPH, no dudes en ponerte en contacto con nuestros abogados, para estudiar tu caso.

Marina Mullor No hay comentarios

Derechos de condominios

Apreciado Rafa,

No me queda claro en tu exposición de los hechos si los gastos relacionados con los derechos de condominio que mencionas es porque la operación hipotecaria que realizaste estaba relacionada con la extinción de condominio de la vivienda gravada el préstamo hipotecario que firmaste en el año 2002. Si la respuesta es afirmativa, necesitaría saber si la extinción de condominio la realizaste por convenio regulador o por documento notarial porque los gastos son distintos dependiendo de la manera en que se realice dicho acto; es probable que la realizaras por documento notarial y de ahí que nacieran esos gastos relacionados con lo que mencionas derechos de condominio.

Pau A Monserrat Valenti No hay comentarios

IRPH que me corresponde

Apreciada Mireia,

Lo primero te recomiendo leer el artículo de nuestro blog que trata sobre qué tipo debe aplicar la entidad financiera al desaparecer el IRPH de cajas y el IRPH de bancos.

Como verás en el artículo enlazado, la Audiencia Provincial de Girona y la de Tarragona, por ejemplo, consideran nula por abusiva la cláusula que establece que en caso de no existir referencial aplicable, se aplicará como interés fijo el último IRPH de cajas publicado.

Si quieres que un abogado experto en IRPH estudie la viabilidad de una demanda contra Caixabank, en relación al IRPH y al tipo fijo aplicado, no dudes en contactar con nosotros.

Pau A Monserrat Valenti No hay comentarios

HIPOTECA CUOTA CRECIENTE, ¿ES ABUSIVA?

Apreciada Inma,

También sería preciso que un perito financiero hiciera una simulación de la cuota que habrías pagado con una hipoteca “normal” (sistema de amortización francés) y la hipoteca que has pagado de cuota creciente, ya que los primeros 10-15 años se paga menos cuota con una hipoteca de cuota creciente. Si se demanda al banco por abusividad del sistema de amortización de cuota creciente y se gana, puede que tengas que pagar al banco, en lugar de cobrar.

saludos.

Marina Mullor No hay comentarios

HIPOTECA CUOTA CRECIENTE, ¿ES ABUSIVA?

Apreciada Inma,

La declaración de abusividad de la cuota creciente no es un tema que esté muy avanzado en nuestros tribunales; con ello quiero decir que hay una gran parte que no lo consideran abusivo, pero, por otro lado, hay otros que sí, sobretodo analizando su abusividad y su superación del control de transparencia; es decir, si cuando se comercializó con el cliente éste sabía lo que estaba contratando. La hipoteca creciente es un producto que se ofrecía para aquellas personas que al formalizar el préstamo hipotecario no disponían de muchos ingresos o de una determinada estabilidad económica pero que sabían que en un determinado periodo de tiempo su economía mejoraría ; de ahí que al principio se pagara menos en las cuotas mensuales pero luego aumentarían.

En tu caso te recomiendo lo siguiente: en primer lugar, solicita un cuadro de amortización y una simulación futura para saber tu escenario en el desarrollo de tu hipoteca. Te recomiendo que inviertas en un buen asesoramiento, no sólo jurídico sino también económico, para que un perito economista te pueda realizar el cuadro de amortización de tu hipoteca, tanto con las condiciones que tienes pactadas como el que sería sin la progresión del 2%. Una vez obtenidos los escenarios, negociar con el banco las mejores condiciones para tu hipoteca, y es ahí donde entraría el acompañamiento de un asesoramiento jurídico. Sólo en el caso en que las negociaciones extrajudiciales no surgieran efectos es cuando se estudiaría la viabilidad de una demanda solicitando la declaración de nulidad de la cláusula de progresión por ser abusiva al no superar el control de transparencia, y en dicho estudio se tiene que tener muy en cuenta el criterio de la Audiencia Provincial de la Comunidad Autónoma que será conocedora de tu caso, ya que varían enormemente.

Recibe un cordial saludo,