Pau A Monserrat Valenti No hay comentarios

Administrador de un ICI que no gestiona hipotecas

Roberto, la cuestión es importante porque en materia de intermediación de crédito inmobiliario no basta con separar formalmente la propiedad, la administración y la operativa diaria.

Si figuras como administrador de una sociedad que solicita la inscripción como intermediario de crédito inmobiliario (ICI), el Banco de España o la autoridad competente debe valorar necesariamente tu idoneidad, conocimientos, competencia y honorabilidad comercial y profesional.

Es cierto que una sociedad ICI puede organizarse internamente de manera que los expedientes hipotecarios sean gestionados por empleados, colaboradores o representantes debidamente formados. La Ley 5/2019 permite que el ICI sea una persona jurídica y no exige que el administrador tramite personalmente cada expediente. Ahora bien, eso no significa que el administrador pueda quedar al margen del control supervisor.

El artículo 29 de la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, establece los requisitos para la inscripción de los intermediarios de crédito inmobiliario. En particular, cuando el ICI es una persona jurídica, la autoridad competente debe verificar que sus administradores cumplen determinados requisitos: nivel de conocimientos y competencia, reconocida honorabilidad comercial y profesional, ausencia de antecedentes penales por delitos graves contra la propiedad, el patrimonio, el orden socioeconómico, falsedad u otros cometidos con ocasión del ejercicio de actividades financieras, y no haber sido declarados en concurso salvo rehabilitación.

Además, la propia normativa de desarrollo (Orden ECE/482/2019) contempla expresamente que los requisitos mínimos de conocimientos y competencia alcanzan también, en el caso de personas jurídicas, a sus administradores.

Por tanto, no es viable plantear que una persona sea administrador formal de una sociedad ICI y, al mismo tiempo, pretenda que el supervisor no valore su honorabilidad. La condición de administrador es precisamente uno de los elementos que se examinan en el expediente de inscripción.

Otra cuestión distinta es que una persona pueda participar en el proyecto como socio o inversor sin formar parte del órgano de administración. Pero incluso en ese caso habría que analizar con cuidado sus funciones reales, porque si de facto dirige la entidad, toma decisiones estratégicas, controla la operativa o actúa como administrador de hecho, el riesgo regulatorio sigue existiendo.

Si existen antecedentes penales, antes de iniciar el expediente de inscripción conviene analizar exactamente qué antecedentes son, por qué delito, si están cancelados o son cancelables, y si pueden afectar al requisito de honorabilidad exigido por la Ley 5/2019.

Si quieres que analicemos tu caso, envíame un email a pau.monserrat@futurlegal.com.

Somos un despacho de referencia en materia de cumplimiento normativo del sector de la intermediación hipotecaria.

Pau A Monserrat Valenti No hay comentarios

Escritura Novación

Es posible que en lugar de una novación, el banco te concediera una nueva hipoteca. Pero no unilateralmente, debiste firmar las escrituras ante notario.

En cuanto al método de amortización por sistema francés o de cuota constante (en cada periodo de revisión del tipo de interés), es el sistema más utilizado en España. Si bien te recomiendo lo consultes con el abogado que te asesora en el proceso de ejecución, por esta vía no hay nada que reclamar.

Saludos cordiales.

Marina Mullor No hay comentarios

Vivienda en proindiviso

Apreciado Sergio,

Si la vivienda se compró antes del matrimonio no es ganancial: está en proindiviso (50 % cada uno). Por eso el Registro de la Propiedad no admite “liquidación de gananciales” sobre esa finca.

La solución es la realización de una extinción de condominio en notaría: a través de ella se otorga escritura en la que uno se adjudica el 100 % y compensa al otro por su 50 %, y luego se inscribe en el Registro (con los antecedentes registrales correctos, puesto que se solicita nota referida a la Propiedad y emitida por el Registro de la Propiedad correspondiente con la que se verifican los antecedentes de la adquisición de la propiedad).

Fiscalmente, normalmente se liquida el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (no Transmisiones Patrimoniales) si es una verdadera extinción de comunidad con compensación en metálico; pero especial atención merece el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las  personas físicas) del que recibe el dinero, porque el Tribunal Supremo en su Sentencia de fecha 10 de octubre de 2022 ha dicho que puede haber ganancia patrimonial si se actualiza el valor del inmueble.

En último lugar os aconsejo revisar el tema de la hipoteca, es decir, si la vivienda objeto de extinción está gravada por préstamo hipotecario, puesto que la extinción no libera por si misma a ninguna de las partes de su posición deudora de la escritura de préstamo.

Atentamente,

Marina Mullor

Felix Amoros Piza No hay comentarios

Filtración de agua de lluvia al piso de abajo

Buenos días

Entiendo que, con la información facilitada, el punto decisivo es determinar técnicamente el origen de la filtración.

Así, si tiene su origen o causa en la impermeabilización/cubierta (la cual funciona como el tejado del edificio), la comunidad suele asumir la reparación; si trae causa del uso, falta de mantenimiento o de una obra imputable al titular de la terraza, la responsabilidad puede desplazarse a éste.

Esta es la pauta sostenida por la LPH y la jurisprudencia para las terrazas comunitarias de uso privativo: la comunidad responde de lo estructural/común, el propietario del mantenimiento ordinario y de los daños por su actuación.

Ante la situación que me plantea le puedo sugerir una serie de actuaciones, las cuales le serán de mucha utilidad en caso de que el conflicto se enquiste con la Comunidad:

  • Elaborar un Informe pericial de humedades que fije con precisión causa y trazado de la filtración y valore la incidencia (o no) del mueble.

  • Llevar a cabo un requerimiento fehaciente a la comunidad solicitando apertura de parte al seguro y reparación de la causa, adjuntando el peritaje.

  • Proceder a la revisión del título constitutivo/estatutos y pólizas, como comprobación complementaria.

Con estas pautas dispone de un marco de actuación inmediato y una protección a futuro ante una hipotética reclamación de la Comunidad.

Si lo considera útil, puede concertar con nuestro despacho una cita formal, en la que podremos revisar su documentación y orientarle en los siguientes pasos con la discreción y diligencia que el asunto requiere.

Saludos

Pau A Monserrat Valenti No hay comentarios

Devolución de gastos hipotecarios

Apreciado Miguel Ángel,

El economista Antonio Gallardo explica, concepto por concepto, como tributan las cantidades relacionadas con la devolución de los gastos hipotecarios (gastos, costas, intereses legales) en el artículo de nuestro blog titulado “Tributación de la devolución de los gastos hipotecarios“.

En todo caso, siempre acude a un asesor fiscal que analice tu caso concreto.

Saludos cordiales y gracias por utilizar nuestro foro gratuito.