Hola, muy buenas.
Quería hacerles una consulta: me acabo de enterar hace poco que mi hijo tiene un préstamo de 2.000 € con Creditea, ya que al quedarse sin trabajo y no poder pagar, están llamando para que realice los pagos.
Aunque yo no entiendo de finanzas, me ha parecido que el tipo de interés que le aplican es altísimo, creo que un 90% TAE. ¿Es esto legal? ¿Podemos hacer algo o no queda más remedio que pagar como sea? Lo digo por que salvo que mi hijo encuentre un trabajo pronto voy a tener que hacerme cargo yo de los pagos. Y en caso de que se pueda hacer algo, ¿Dónde debo reclamar?
Gracias de antemano por vuestras respuestas.
2 Respuesta
Apreciado Jordi,
Según el año de contratación del préstamo podemos saber si el tipo de interese aplicado por la entidad Creditea es abusivo. Pero en su caso concreto comentarle que un 90% TAE es un tipo de interés muy alto y seguro que es abusivo.
Además la cláusula que fija el interés remuneratorio en este tipo de contratos también puede considerarse nula por no superar el control de incorporación y transparencia; es decir, si el consumidor, en su caso su hijo, cuando le ofrecieron dicho contrato no le explicaron como afectaría la TAE y que pasaría si no abonara alguna cuota, se entiende que dicha cláusula es nula por falta de transparencia.
Por ello tiene el derecho de reclamarle a la entidad prestamista, en el presente caso Creditea. En este tipo de reclamación lo que se solicita es la nulidad de la cláusula del interés remuneratorio por lo que su hijo, como consumidor, sólo estará obligado a la devolución del capital prestado y no de los intereses.
En primer lugar se debe cursar una reclamación extrajudicial dirigida a la entidad Creditea y en el caso en que no proceda a la contestación de la misma o no anulen los intereses es cuando se debe solicitar dicha petición ante los tribunales.
Le recomiendo encarecidamente que acuda a un profesional, nosotros le podemos ayudar en las Islas Baleares y en la península tenemos abogados colaboradores.
Atentamente le saluda,
Xisca Batle abogada de Futur Legal
Hola Jordi:
Lo primero de todo es aclararte que Creditea no es un banco sino una empresa privada de lending (un prestamista online, en otras palabras), o dicho de otra manera, una empresa Fintech especializada en servicios de financiación a medida. Es una empresa legal y con importantes socios como el neobanco Bnext.
Mirando en su web, veo que sus condiciones para un crédito de hasta 5.000 € abarcan desde TAE mínimo del 24,908% hasta su préstamo denominado ‘Para todos’ con un TAE máximo del 381,28% destinado a los perfiles de mayor riesgo. A mi modo de ver, es un crédito con unas condiciones caras, pero eso no quiere decir que no sea legal (si bien el tipo máximo tan alto es sospechoso de usura, la verdad).
Eso sí, no tiene comisiones de apertura, de estudio o por cancelación anticipada. Desconozco qué contrato firmó tu hijo en su día, estudiar dicho documento sería el primer paso.
Yo lo que haría en tu caso es ponerme cuanto antes en contacto con un buen abogado bancario, él sabrá ver cualquier cosa en el contrato que pudiera ser motivo de nulidad, o en su defecto, podrá asesoraros para proceder de la mejor manera.
Contestando a tu última pregunta, puedes realizar la reclamación por escrito o de manera online, aunque te aconsejo que no muevas nada antes de contactar con un abogado especializado, más que nada para no hacer gestiones que no corresponden o que deben encauzarse por otra vía, como la judicial, por ejemplo.
Lo dicho, busca al mejor abogado que puedas, y mucha suerte!