Hacia el año 2016, concretamente en el mes de mayo, el Banco Popular lanzó una oferta pública de compra de acciones y muchos consumidores decidieron invertir en dicho producto ajenos a que un año más tarde, el 6 de junio de 2017, el resultado de su inversión sería igual a 0 ante la quiebra de dicha entidad bancaria y su compra por el Banco Santander por el simbólico precio de 1 €.
La compra de acciones de Banco Popular se realiza en base a un folleto publicitario de venta realizado con motivo de la ampliación de capital en la que se presentaba a la entidad financiera como una empresa solvente y sólida. Algo que los informes periciales que presentamos junto a la demanda contra Banco Santander los abogados de Futur Legal desmienten.
Lo que permite a los inversores reclamar el producto de su inversión es la calidad de la información proporcionada por la propia entidad en su folleto, sobre su salud financiera explicada con motivo de la ampliación de capital y cuyo objetivo fue captar recursos económicos; porque es precisamente en esa información y en la confianza que generó donde se origina el error esencial en la formación del consentimiento contractual, al ser errónea e insuficiente, de manera que el Banco deberá responder de todos los daños y perjuicios que hubiese ocasionado a los titulares de valores adquiridos como consecuencia de las informaciones falsas o las omisiones de datos relevantes.
Es de vital importancia que la empresa de inversión haya cumplido escrupulosamente y de forma veraz con su deber de información porque ahí está la base de la decisión de contratarlo por parte del cliente. El hecho de que las acciones no se consideren un producto financiero complejo no significa que cuando se publicita una situación patrimonial pueden escamotearse datos decisivos o presentarse de forma sesgada o incompleta, dando a entender una situación que no se corresponde con la realidad.
Las acciones, como valor representativo de parte del capital social de una entidad mercantil, son producto de riesgo. Tal fundamento legal tiene su reflejo más inmediato y trascendente en el principio de información, esencial para un mercado seguro y eficiente, significativo de que las decisiones inversoras se tomen con pleno conocimiento de causa. Se impone a las entidades que ofertan tales valores presentar una información fidedigna, suficiente, efectiva, actualizada e igual para todos.
En estos casos, la pérdida de la inversión se produjo a causa de una situación financiera muy grave de Banco Popular que no se transmitió a los futuros adquirentes de acciones de la entidad en la información que se les suministró con motivo de la ampliación de capital del año 2016 y que originó finalmente la intervención del Banco.
La compra de acciones de Banco Popular en la ampliación de mayo de 2016, pero también en la ampliación de 2012 y en las compras en mercado secundario, se ven contaminadas por una contabilidad que muchos expertos consideran no reflejaba la imagen fiel del banco. Si eres un afectado por acciones de Banco Popular, contacta con Futur Legal para que valoremos la interposición de una demanda contra Banco Santander.