Las Sentencias de Pleno del Tribunal Supremo 1590/2025 y 1591/2025, ambas de 11 de noviembre de 2025, marcan un nuevo capítulo en la litigiosidad del IRPH. Su publicación, tras años de ida y vuelta con el TJUE, no cierra definitivamente el debate, pero sí redefine los criterios con los que se deberán analizar las futuras demandas.
A continuación expongo, como economista especializado en análisis pericial del IRPH, una lectura jurídica crítica respecto a lo que el Tribunal Supremo afirma y lo que el TJUE había exigido, seguido de cómo esta jurisprudencia afecta al análisis pericial financiero que deberá acompañar las demandas a partir de ahora.