En el sector de la intermediación de crédito inmobiliario, cumplir con la normativa no consiste únicamente en estar inscrito en el registro correspondiente o disponer de una página web con menciones legales. Un intermediario de crédito inmobiliario (ICI) debería tener un servicio jurídico, interno o externo, de cumplimiento normativo. Un contrato de intermediación sólido, equilibrado y transparente, es una primera capa de protección jurídica. Contar con un servicio de reclamaciones formado e independiente, una segunda herramienta para minimizar los conflictos con los clientes descontentos. Toda la estructura previa de cumplimiento normativo se pone a prueba cuando llega un requerimiento del Banco de España. Conviene tomarse muy en serio las comunicaciones que llegan del supervisor.
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