Hoy, 20 de septiembre de 2017, hemos recibido una buena noticia para los afectados en hipotecas multidivisa en Europa. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en un asunto derivado de una cuestión prejudicial planteada por parte del Tribunal Superior de Oradea, Rumanía, ha formulado importantes conclusiones (leer sentencia en PDF):
Cristina Borrallo es licenciada en Derecho y Máster en Derecho Mercantil por la Universidad de Barcelona (UB). Abogada colegiada 5995 por el Colegio de Abogados de las Illes Balears.
Directora del Departamento Jurídico de Futur Legal. Miembro del Tribunal Arbitral de Consumo de las Illes Balears.
Máster en Abogacía, especialidad en Derecho Civil y Mercantil por la UB.
Máster en Mediación Civil y Mercantil por la Universidad Antonio de Nebrija.
Máster en Asesoría Jurídica de Empresa por la Universidad Internacional de La Rioja, con Suplemento Europeo del Título.
Curso en Contractual Law por la Universidad de Harvard.
Entidades como la Banca March o Ibercaja Banco, entre otras, utilizan una fórmula de cálculo de los intereses a pagar de las cuotas hipotecarias que considera que el año tiene 360 días, no 365. Esta suposición provoca que la cuota de intereses sea mayor a la que correspondería de aplicar el sistema de amortización de cuota constante normal.
Si tienes una hipoteca con una cláusula del tipo “La fórmula utilizada para obtener a partir del tipo de interés anual, el importe absoluto de los intereses devengados en cada vencimiento, es la siguiente: Capital entregado o dispuesto x Tipo de interés nominal anual x Periodos de cálculo en días / 36.000. El número de días que se considerará que tiene el año para el cálculo de los intereses devengados durante períodos inferiores a un año, es de 360 días”, has pactado una condición que te perjudica y te recomendamos solicites información a nuestros economistas y abogados para saber las opciones jurídicas que tienes para reclamar al banco. Rellena nuestro formulario de contacto, sin compromiso.
Economista especializado productos financieros y socio del despacho de abogados y economistas Futur Legal.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
Consejero del CES de las Illes Balears. Patrono de Finsalud. Profesor asociado de la UIB y director de trabajo fin de máster de la UNIR.
Autor del libro a Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013) y coautor de Comentarios sobre la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y de los Servicios de Inversión (Aferre, 2024); Situación, tendencias y restos del sistema financiero (Aranzadi, 2022); Perspectiva legal y económica del fenómeno FinTech (Wolters Kluwer, 2021); Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario (Wolters Kluwer, 2019).
Pau A. Monserrat entiende la actividad del economista más allá de una profesión, como una forma de entender y participar en el mundo. Su enfoque humanístico combinado con un análisis matemático le permite abordar con garantías de éxito los encargos de sus clientes. Se ha mostrado activo en la divulgación de la educación financiera, la intermediación hipotecaria, así como en la defensa de los derechos de los usuarios del sector financiero.
Hoy se publica en el BOE el Real Decreto 536/2017, de 26 de mayo, por el que se crea y regula la Comisión de seguimiento, control y evaluación prevista en el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, y por el que se modifica el artículo 6 del Real Decreto 877/2015, de 2 de octubre, de desarrollo de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorro y fundaciones bancarias.
Una comisión que se supone ha de evaluar el resultado del más que mejorable mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos por cláusulas suelo. Con un retraso de más de 4 meses respecto al Real Decreto-Ley 1/2017 y de 3 meses del momento en que los bancos estaban obligados a negociar con sus clientes afectados por cláusula suelo. Un signo más de que el interés del legislador no es precisamente controlar a la banca, sino más bien hacer de contable de los acuerdos que han tenido a bien realizar con sus clientes.
Economista especializado productos financieros y socio del despacho de abogados y economistas Futur Legal.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
Consejero del CES de las Illes Balears. Patrono de Finsalud. Profesor asociado de la UIB y director de trabajo fin de máster de la UNIR.
Autor del libro a Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013) y coautor de Comentarios sobre la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y de los Servicios de Inversión (Aferre, 2024); Situación, tendencias y restos del sistema financiero (Aranzadi, 2022); Perspectiva legal y económica del fenómeno FinTech (Wolters Kluwer, 2021); Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario (Wolters Kluwer, 2019).
Pau A. Monserrat entiende la actividad del economista más allá de una profesión, como una forma de entender y participar en el mundo. Su enfoque humanístico combinado con un análisis matemático le permite abordar con garantías de éxito los encargos de sus clientes. Se ha mostrado activo en la divulgación de la educación financiera, la intermediación hipotecaria, así como en la defensa de los derechos de los usuarios del sector financiero.
Si ya has puesto una reclamación por cláusula suelo al banco que te concedió la hipoteca, o bien estás pensando interponer una reclamación extrajudicial ante la entidad financiera, la información que vamos a darte en este artículo te interesan. Ya están llegando contestaciones de los bancos a solicitudes extrajudiciales de clientes de Futur Legal y nuestra abogada, Cristina Borrallo, confirma que, de momento, en el 100% de casos se ha denegado la solicitud al cliente afectado por cláusula suelo. Los argumentos esgrimidos por BBVA, Banco Popular o Banca March van de la denegación sin explicar las razones de tal decisión contraria a los intereses del cliente, a tácticas claramente dilatorias que buscan o parecen buscar hacer perder meses al cliente. Incluso BMN, que va a ser absorbido por Bankia, ha denegado la devolución de cantidades de alguno de nuestros clientes, pese a lo que recogen los medios de comunicación.
El mecanismo de reclamación extrajudicial establecido en el Real Decreto-ley 1/2017 ya alertamos que era claramente favorable a los intereses de la banca, más que una forma gratuita y rápida de recuperar el dinero pagado de más sin tener que demandar al banco. El cliente, no obstante, debe someterse a esta penitencia extrajudicial para no perder la posibilidad de ganar en costas, si el banco en algún momento se allana a la demanda y acepta pagar. Exactamente dice el artículo 4:
Economista especializado productos financieros y socio del despacho de abogados y economistas Futur Legal.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
Consejero del CES de las Illes Balears. Patrono de Finsalud. Profesor asociado de la UIB y director de trabajo fin de máster de la UNIR.
Autor del libro a Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013) y coautor de Comentarios sobre la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y de los Servicios de Inversión (Aferre, 2024); Situación, tendencias y restos del sistema financiero (Aranzadi, 2022); Perspectiva legal y económica del fenómeno FinTech (Wolters Kluwer, 2021); Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario (Wolters Kluwer, 2019).
Pau A. Monserrat entiende la actividad del economista más allá de una profesión, como una forma de entender y participar en el mundo. Su enfoque humanístico combinado con un análisis matemático le permite abordar con garantías de éxito los encargos de sus clientes. Se ha mostrado activo en la divulgación de la educación financiera, la intermediación hipotecaria, así como en la defensa de los derechos de los usuarios del sector financiero.
Mucho se ha hablado de las hipotecas con cláusula suelo, de las demandas por cláusulas abusivas por falta de transparencia, o de la responsabilidad y diligencia que se puede exigir a los consumidores y a las entidades financieras. En el siguiente análisis analizaremos desde un punto de vista económico (o de un economista), la situación de las cláusulas suelo y demás estipulaciones abusivas.
Algunos números relacionados con las cláusulas suelo
En un análisis económico sobre este tipo de pactos no pueden factor algunas cifras al respecto. Como explicamos recientemente en el programa “Ser Consumidores”, el coste para la banca, si todos los afectados por cláusula suelo demandaran, es de 4.700 millones:
Si ponemos esta cifra al lado de los 122.122 millones que el Tribunal de Cuentas constata que se han movilizado para rescatar a las cajas de ahorro y ayudar a los bancos, resulta un reducido 3,85% a favor de los clientes. Desde luego no supone un riesgo para el sistema, como alegaba nuestro Tribunal Supremo (TS) en mayo de 2013.
Economista especializado productos financieros y socio del despacho de abogados y economistas Futur Legal.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
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Autor del libro a Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013) y coautor de Comentarios sobre la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y de los Servicios de Inversión (Aferre, 2024); Situación, tendencias y restos del sistema financiero (Aranzadi, 2022); Perspectiva legal y económica del fenómeno FinTech (Wolters Kluwer, 2021); Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario (Wolters Kluwer, 2019).
Pau A. Monserrat entiende la actividad del economista más allá de una profesión, como una forma de entender y participar en el mundo. Su enfoque humanístico combinado con un análisis matemático le permite abordar con garantías de éxito los encargos de sus clientes. Se ha mostrado activo en la divulgación de la educación financiera, la intermediación hipotecaria, así como en la defensa de los derechos de los usuarios del sector financiero.