La Ley 5/2019, de 15 de marzo (LCCI) fija unos requisitos mínimos de formación para todos los miembros del órgano de administración de las empresas que se dedican a la intermediación de crédito inmobiliario (ICI).
Las exigencias normativas y la intensa labor de supervisión que el Banco de España ejerce sobre la actividad de los intermediarios de crédito inmobiliario precisa de un departamento de cumplimiento normativo a la altura. Sea interno o mediante un despacho de abogados y economistas especializado en el sector, es preciso tener un equipo de expertos en normativa y comunicación con el Banco de España. Contacta conmigo si quieres más información sobre los servicios a empresas de Futur Legal: 📧 pau.monserrat@futurlegal.com.
Economista especializado productos financieros y socio del despacho de abogados y economistas Futur Legal.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
Consejero del CES de las Illes Balears. Patrono de Finsalud. Profesor asociado de la UIB y director de trabajo fin de máster de la UNIR.
Autor del libro a Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013) y coautor de Comentarios sobre la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y de los Servicios de Inversión (Aferre, 2024); Situación, tendencias y restos del sistema financiero (Aranzadi, 2022); Perspectiva legal y económica del fenómeno FinTech (Wolters Kluwer, 2021); Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario (Wolters Kluwer, 2019).