La posibilidad de reclamar los gastos hipotecarios es un derecho para los consumidores afectados por cláusulas abusivas que imponen al hipotecado el pago de todos los gastos relacionados con el préstamo hipotecario
Veremos en esta guía rápida la explicación de los aspectos jurídicos y prácticos más relevantes y un vídeo de una entrevista que me han realizado en IB3 TV (en catalán).
¿Qué gastos puedo reclamar?
Los gastos que se pueden reclamar se refieren a los pagos realizados en el momento de contratar el préstamo hipotecario:
- Gastos de notaría.
- Gastos de registro.
- Gastos de gestoría.
- Gastos de tasación.
A estos importes, que suelen sumar unos miles de euros, hay que agregarle los intereses legales, que dependiendo de la antigüedad de la hipoteca, pueden superar incluso el importe de los gastos.
¿Necesito un abogado?
Están legitimados para reclamar todos aquellos consumidores que hayan sufragado los mencionados gastos y cuyo contrato hipotecario contenga una cláusula abusiva declarada nula. La revisión del contrato hipotecario es crucial para determinar la viabilidad de la reclamación, es muy recomendable consultar con un abogado especializado en derecho bancario.
Solicita más información contactando con Futur Legal o mediante un email a expedientes@futurlegal.com.
¿Qué pasos he de seguir?
- Revisión contractual: Verificar la existencia de cláusulas abusivas.
- Documentación: Recopilar todas las facturas. Sin las facturas, la reclamación tiene escasas o nulas probabilidades de prosperar.
- Reclamación extrajudicial al banco: Presentar una reclamación formal ante la entidad el servicio de atención al cliente de la entidad bancaria. Dispone de un plazo de dos meses para responder.
- Respuesta bancaria: La entidad bancaria dispone de un plazo para responder.
- En caso de respuesta negativa o falta de respuesta, el siguiente paso es acudir a las instancias judiciales competentes. El paso intermedio de acudir al Banco de España, por nuestra experiencia, en en esencia una pérdida de tiempo en cuanto a la reclamación de los gastos de la hipoteca.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo tiene más claro que los tribunales españoles. Así considera el TJUE que la Directiva 93/13 “no se oponen a que el plazo de prescripción de una acción de restitución de gastos que el consumidor ha abonado en virtud de una cláusula contractual cuyo carácter abusivo se ha declarado por resolución judicial firme dictada con posterioridad al pago de tales gastos comience a correr en la fecha en que esa resolución haya adquirido firmeza, sin perjuicio de la facultad del profesional de probar que ese consumidor tenía o podía razonablemente tener conocimiento del carácter abusivo de la cláusula en cuestión antes de dictarse dicha resolución.”
Es decir, que no se extingue el derecho a percibir los gastos, ya que la prescripción debería empezar a contar tras ganar la sentencia judicial. Me cuesta pensar que el Tribunal Supremo reinterprete al TJUE.
¿Puedo reclamar los gastos de cancelación hipotecaria?
Estos gastos no son reclamables.
Reclamar los gastos hipotecarios es un derecho del consumidor hipotecario. La asesoría legal adecuada y seguir el procedimiento establecido aumentan las probabilidades de éxito en la reclamación.
Esta guía pretende proporcionar un marco jurídico claro para aquellos consumidores que se plantean iniciar una reclamación de gastos hipotecarios, garantizando así la defensa de sus derechos frente a posibles abusos bancarios.