Tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 3 de marzo de 2020 quedó claro que la cláusula por la cual se establecía el índice de referencia IRPH podía someterse al control de transparencia legal y jurisprudencialmente establecidos.
No obstante, la Gran Sala Europea dejó en manos del Juez nacional el análisis individualizado de dicha transparencia, así como los concretos efectos jurídicos y económicos que se pudieran derivar de una eventual nulidad de dicho índice IRPH. Veamos la primera sentencia que guiará el sentido de las demandas por IRPH en Mallorca.