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Europa se pronuncia sobre las hipotecas multidivisa

Hipotecas multidivisa en Europa: TJUE

Hoy, 20 de septiembre de 2017, hemos recibido una buena noticia para los afectados en hipotecas multidivisa en Europa. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en un asunto derivado de una cuestión prejudicial planteada por parte del Tribunal Superior de Oradea, Rumanía, ha formulado importantes conclusiones (leer sentencia en PDF):

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Hipoteca con cláusula 360 para el cálculo de intereses y cuota

Entidades como la Banca March o Ibercaja Banco, entre otras, utilizan una fórmula de cálculo de los intereses a pagar de las cuotas hipotecarias que considera que el año tiene 360 días, no 365. Esta suposición provoca que la cuota de intereses sea mayor a la que correspondería de aplicar el sistema de amortización de cuota constante normal.

Si tienes una hipoteca con una cláusula del tipo “La fórmula utilizada para obtener a partir del tipo de interés anual, el importe absoluto de los intereses devengados en cada vencimiento, es la siguiente:  Capital entregado o dispuesto x Tipo de interés nominal anual x Periodos de cálculo en días / 36.000.  El número de días que se considerará que tiene el año para el cálculo de los intereses devengados durante períodos inferiores a un año, es de 360 días”, has pactado una condición que te perjudica y te recomendamos solicites información a nuestros economistas y abogados para saber las opciones jurídicas que tienes para reclamar al banco. Rellena nuestro formulario de contacto, sin compromiso.

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Comisión de seguimiento, control y evaluación de los acuerdos de cláusula suelo

Hoy se publica en el BOE el Real Decreto 536/2017, de 26 de mayo, por el que se crea y regula la Comisión de seguimiento, control y evaluación prevista en el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, y por el que se modifica el artículo 6 del Real Decreto 877/2015, de 2 de octubre, de desarrollo de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorro y fundaciones bancarias.

Una comisión que se supone ha de evaluar el resultado del más que mejorable mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos por cláusulas suelo. Con un retraso de más de 4 meses respecto al Real Decreto-Ley 1/2017 y de 3 meses del momento en que los bancos estaban obligados a negociar con sus clientes afectados por cláusula suelo. Un signo más de que el interés del legislador no es precisamente controlar a la banca, sino más bien hacer de contable de los acuerdos que han tenido a bien realizar con sus clientes.

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Reclamación por cláusula suelo extrajudicial

Si ya has puesto una reclamación por cláusula suelo al banco que te concedió la hipoteca, o bien estás pensando interponer una reclamación extrajudicial ante la entidad financiera, la información que vamos a darte en este artículo te interesan. Ya están llegando contestaciones de los bancos a solicitudes extrajudiciales de clientes de Futur Legal y nuestra abogada, Cristina Borrallo, confirma que, de momento, en el 100% de casos se ha denegado la solicitud al cliente afectado por cláusula suelo. Los argumentos esgrimidos por BBVA, Banco Popular o Banca March van de la denegación sin explicar las razones de tal decisión contraria a los intereses del cliente, a tácticas claramente dilatorias que buscan o parecen buscar hacer perder meses al cliente. Incluso BMN, que va a ser absorbido por Bankia, ha denegado la devolución de cantidades de alguno de nuestros clientes, pese a lo que recogen los medios de comunicación.

El mecanismo de reclamación extrajudicial establecido en el Real Decreto-ley 1/2017 ya alertamos que era claramente favorable a los intereses de la banca, más que una forma gratuita y rápida de recuperar el dinero pagado de más sin tener que demandar al banco. El cliente, no obstante, debe someterse a esta penitencia extrajudicial para no perder la posibilidad de ganar en costas, si el banco en algún momento se allana a la demanda y acepta pagar. Exactamente dice el artículo 4:

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Cláusulas suelo: visión económica

Mucho se ha hablado de las hipotecas con cláusula suelo, de las demandas por cláusulas abusivas por falta de transparencia, o de la responsabilidad y diligencia que se puede exigir a los consumidores y a las entidades financieras. En el siguiente análisis analizaremos desde un punto de vista económico (o de un economista), la situación de las cláusulas suelo y demás estipulaciones abusivas.

Algunos números relacionados con las cláusulas suelo

En un análisis económico sobre este tipo de pactos no pueden factor algunas cifras al respecto. Como explicamos recientemente en el programa “Ser Consumidores”, el coste para la banca, si todos los afectados por cláusula suelo demandaran, es de 4.700 millones:

Si ponemos esta cifra al lado de los 122.122 millones que el Tribunal de Cuentas constata que se han movilizado para rescatar a las cajas de ahorro y ayudar a los bancos, resulta un reducido 3,85% a favor de los clientes. Desde luego no supone un riesgo para el sistema, como alegaba nuestro Tribunal Supremo (TS) en mayo de 2013.

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