Pau A Monserrat Valenti 43 comentarios

Desaparece el IRPH de cajas: ¿me aplica el banco el tipo correcto?

Los referenciales hipotecarios IRPH de bancos, IRPH de cajas y el tipo activo de referencia de cajas o CECA dejan de ser tipos de interés oficiales del mercado hipotecario por la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, lejos de beneficiar a los afectados por IRPH, les perjudicó. Si se eliminaron del circuito legal por falta de transparencia o posibilidad de ser manipulados por las entidades financieras; desde Futur Legal mantenemos que el mismo pecado tiene el vigente IRPH de conjunto de entidades. Además de que desaparece el IRPH de cajas, la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, fijó un régimen para la desaparición de los citados referenciales oscuro, técnicamente muy cuestionable y, desde luego muy poco favorable a los afectados por hipotecas con IRPH sectoriales o CECA. Las demandas por hipoteca con IRPH de conjunto de entidades, por IRPH de cajas y por IRPH de bancos tienen poco recorrido desde que el Tribunal Supremo sentenció que el IRPH no es abusivo. El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido su informe, no vinculante, afirmando la abusividad del IRPH si falta transparencia, paso previo a la sentencia del TJUE que se conocerá el 3 de marzo de 2020. Si eres un afectado por esta cláusula potencialmente abusiva y quieres reclamar IRPH, consulta con nuestro despacho.

Sentencia del TJUE sobre IRPH cajas

Hoy martes 3 de mayo de 2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido esta nota de prensa. Muy buenas noticias para los afectados por IRPH!

A lo largo de hoy analizaremos en profundidad la Sentencia del TJUE que puedes consultar aquí.

Por otro lado, cuando desaparece el IRPH de cajas surge un problema añadido: ¿qué tipo de interés ha de aplicarme el banco ahora?

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Cristina Borrallo 1 comentario

Abusividad del IRPH

Vamos a analizar la legalidad y la abusividad del IRPH, en base a lo que ha dictaminado el Tribunal Supremo, la posición de la Comisión Europea y del abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a la espera de lo que dictamine el TJUE en los próximos días.

Si eres un afectado por una hipoteca con IRPH, no dudes en contactar con nuestros abogados expertos:

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Pau A Monserrat Valenti No hay comentarios

Calcular la devolución por IRPH

En menos de un mes está previsto que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dicte sentencia en relación a la abusividad del IRPH. Dependiendo de la postura de Europa, nos encontraremos con diferentes escenarios a la hora de calcular la devolución por IRPH que nos corresponde. El peor escenario para los afectados sería que se alineara con los argumentos de nuestro Tribunal Supremo, que considera no se debe controlar la transparencia del referencial hipotecario; también podría decidir que se cambiara el IRPH por el Euribor, aplicando el mismo diferencial (como defiende la Comisión Europea) o un diferencial superior diferente; el escenario más beneficioso para el consumidor, pero menos probable que el anterior, sería que el TJUE dejara sin interés las hipotecas cuyo IRPH fuera declarado nulo por falta de transparencia.

Para calcular la devolución por IRPH que nos correspondería en cada caso no es suficiente con usar una calculadora de IRPH online, que solo debemos emplear a modo orientativo. Solo profesional con conocimientos avanzados en materia de matemática financiera es una garantía, tanto para saber qué dinero podemos recuperar si ganamos la demanda por IRPH, como para acreditar los importes ante el Juez si no coinciden con lo que devuelve la entidad financiera condenada en fase de ejecución de sentencia. No dudes en contactar con nuestros profesionales, peritos economistas y abogados especializados en cláusulas abusivas como el IRPH:

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Manu Martínez No hay comentarios

¿Puedo reclamar por cláusulas abusivas si he pagado ya la hipoteca?

La Sala Civil del Tribunal Supremo en su reciente sentencia número 662/2019 ha marcado una vía muy interesante para los consumidores que puedan estar afectados por cláusulas abusivas en sus préstamos hipotecarios ya pagados. El fallo pronunciado abre un diferente camino para que los clientes puedan iniciar nuevas demandas contra su banco sobre los contratos vencidos. Responderemos en esta artículo sobre la posibilidad de reclamar por cláusulas abusivas de las hipotecas de consumidores que ya han terminado de pagar su deuda.

Los afectados en este caso reclamaron la existencia de una cláusula suelo en su contrato hipotecario y por tanto pretendían la nulidad de la misma. A priori puede parecer un caso muy habitual a día de hoy pero la peculiaridad esta vez ha sido que el contrato de préstamo fue cancelado en 2015. La reclamación por cláusula suelo se producía por un préstamo cancelado, es decir, un préstamo ya vencido. Tras pasar por Juzgado de Primera y Segunda Instancia los clientes vieron rechazadas todas sus pretensiones al desestimarse. La fundamentación se basaba principalmente en que la reclamación de dicho préstamo era sobre un contrato ya vencido y que éste no podía producir efecto alguno.

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Marina Mullor No hay comentarios

IRPH de cajas según el Banco de España

Veamos la información que podemos extraer del IRPH de cajas en base a la testifical del Banco de España en el juicio ordinario 81/2014 seguido en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Burgos contra Kutxabanc.

A finales del 2019 todas las noticias relacionadas con el IRPH están conectadas con el Tribunal de Justicia de la Unión Europa, pero hoy centraremos nuestra atención en España y, en concreto, en el año 2014. Por una importante razón: conocer cómo se configura el IRPH de cajas según el Banco de España.

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