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Sentencia del Supremo IRPH 2017

La Sentencia del Supremo IRPH 2017 acaba de ser hecha pública por el Tribunal Supremo, dificultando de manera muy importante las demandas por hipoteca referenciada al IRPH.

La Sentencia número 669/2017 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo considera que el IRPH como referencial hipotecario “no puede ser objeto de control de transparencia, puesto que tanto la Ley de Condiciones Generales de Contratación como la Directiva 93/13, de protección de los consumidores, excluyen de su ámbito de aplicación las condiciones generales que reflejen disposiciones legales o administrativas, aunque sí pueda serlo la cláusula que lo incorpora.”

En este artículo analizaremos y resumiremos la Sentencia del Supremo IRPH 2017 y cómo afecta a las demandas por cláusulas abusivas en préstamos hipotecarios.

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Pau A Monserrat Valenti 1 comentario

Demanda por hipoteca con IRPH tras sentencia del Supremo

A la espera de analizar la sentencia del Tribunal Supremo, que se hará pública en unos días, las primeras noticias aparecidas en El Confidencial antes incluso de que apareciera en la web del Tribunal Supremo son que el Supremo considera que “la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad” y contradice a la Audiencia Provincial de Álava. Se estima el recurso de casación interpuesto por Kutxabank. Se complica la vía judicial para la demanda por hipoteca con IRPH tras sentencia del Supremo, si bien hay que leer con calma la sentencia para valorar adecuadamente el fallo y las opciones de éxito de los afectados por IRPH. Si quieres que analicemos tu caso, no dudes en solicitarnos asesoramiento.

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Cristina Borrallo 1 comentario

Europa se pronuncia sobre las hipotecas multidivisa

Hipotecas multidivisa en Europa: TJUE

Hoy, 20 de septiembre de 2017, hemos recibido una buena noticia para los afectados en hipotecas multidivisa en Europa. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en un asunto derivado de una cuestión prejudicial planteada por parte del Tribunal Superior de Oradea, Rumanía, ha formulado importantes conclusiones (leer sentencia en PDF):

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Hipoteca con cláusula 360 para el cálculo de intereses y cuota

Entidades como la Banca March o Ibercaja Banco, entre otras, utilizan una fórmula de cálculo de los intereses a pagar de las cuotas hipotecarias que considera que el año tiene 360 días, no 365. Esta suposición provoca que la cuota de intereses sea mayor a la que correspondería de aplicar el sistema de amortización de cuota constante normal.

Si tienes una hipoteca con una cláusula del tipo “La fórmula utilizada para obtener a partir del tipo de interés anual, el importe absoluto de los intereses devengados en cada vencimiento, es la siguiente:  Capital entregado o dispuesto x Tipo de interés nominal anual x Periodos de cálculo en días / 36.000.  El número de días que se considerará que tiene el año para el cálculo de los intereses devengados durante períodos inferiores a un año, es de 360 días”, has pactado una condición que te perjudica y te recomendamos solicites información a nuestros economistas y abogados para saber las opciones jurídicas que tienes para reclamar al banco. Rellena nuestro formulario de contacto, sin compromiso.

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Pau A Monserrat Valenti No hay comentarios

Comisión de seguimiento, control y evaluación de los acuerdos de cláusula suelo

Hoy se publica en el BOE el Real Decreto 536/2017, de 26 de mayo, por el que se crea y regula la Comisión de seguimiento, control y evaluación prevista en el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, y por el que se modifica el artículo 6 del Real Decreto 877/2015, de 2 de octubre, de desarrollo de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorro y fundaciones bancarias.

Una comisión que se supone ha de evaluar el resultado del más que mejorable mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos por cláusulas suelo. Con un retraso de más de 4 meses respecto al Real Decreto-Ley 1/2017 y de 3 meses del momento en que los bancos estaban obligados a negociar con sus clientes afectados por cláusula suelo. Un signo más de que el interés del legislador no es precisamente controlar a la banca, sino más bien hacer de contable de los acuerdos que han tenido a bien realizar con sus clientes.

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