El panorama judicial para los clientes que han iniciado o se plantean iniciar una demanda por gastos de hipoteca en 2018 empeoró tras la decisión del Tribunal Supremo conocida el 2 de marzo de 2018, anunciando que se remitía a la jurisprudencia constante de la Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo, que estableció que el sujeto pasivo del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados era el prestatario. Sin embargo, con la sentencia del Supremo 1505/2018 de 16 de octubre de 2018 la cosa cambió: para las demandas de gastos se podía exigir el impuesto de la hipoteca o AJD, ya que según la Sección Segunda del Supremo, el sujeto pasivo del impuesto era el banco, no el prestatario. En una decisión de difícil explicación, se ha decidido revisar la posición del Tribunal Supremo al respecto, decisión que se conocerá a partir del 5 de noviembre de 2018. Por tanto, a fecha de este artículo no podemos afirmar si en la demanda de gastos contra el banco se puede o no exigir la devolución del impuesto pagado. Ponemos a tu disposición el modelo de reclamación al banco de gastos de la hipoteca (realizado por Asufin), paso previo a interponer la demanda.
A enero de 2019 hemos actualizado la viabilidad de una demanda por gastos y por comisión de apertura tras las sentencias del Tribunal Supremo al respecto.
En este artículo analizaremos en qué casos sale a cuenta iniciar una demanda por gastos de hipoteca en 2018 y cómo hacerlo (con la información previa a conocer la decisión final del Supremo). Un resumen en el fragmento de la siguiente noticia en IB3 Noticies en el que intervengo: