Pau A Monserrat Valenti No hay comentarios

El coste del rescate del sector financiero 2017

Ya tenemos los datos actualizados por el Banco de España del coste del rescate del sector financiero 2017 (ver en PDF), informe publicado con fecha de hoy. De los 54.353 millones de euros aportados por el FROB, a 31/12/2016 solo se habían recuperado 3.873 millones. El Banco de España estima que a finales de 2016 se acaben recuperando un total de 10.102 millones. De préstamo en condiciones muy ventajosas (Guindos dixit), nada de nada.

Además, a esta factura de dinero contante y sonante, habría que añadirle otro tipo de ayudas indirectas, como los 110.895 millones en avales concedidos por el Estado (cancelados en su totalidad). Una partida muy relevante son los Esquemas de Protección de activos (EPA), cuya pérdida agregada a 31/12/2016 suponían 886 millones (CajaSur y Banco de Valencia) y 4.283 millones(de los 10.008 millones concedidos como EPA a Banco CAM, CCM y Unnim). Además se incluyen los créditos extraordinarios otorgados a las entidades financieras entre 2009 y 2013 (16300 millones).

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Pau A Monserrat Valenti 3 comentarios

Hipoteca con cláusula 360 para el cálculo de intereses y cuota

Entidades como la Banca March o Ibercaja Banco, entre otras, utilizan una fórmula de cálculo de los intereses a pagar de las cuotas hipotecarias que considera que el año tiene 360 días, no 365. Esta suposición provoca que la cuota de intereses sea mayor a la que correspondería de aplicar el sistema de amortización de cuota constante normal.

Si tienes una hipoteca con una cláusula del tipo “La fórmula utilizada para obtener a partir del tipo de interés anual, el importe absoluto de los intereses devengados en cada vencimiento, es la siguiente:  Capital entregado o dispuesto x Tipo de interés nominal anual x Periodos de cálculo en días / 36.000.  El número de días que se considerará que tiene el año para el cálculo de los intereses devengados durante períodos inferiores a un año, es de 360 días”, has pactado una condición que te perjudica y te recomendamos solicites información a nuestros economistas y abogados para saber las opciones jurídicas que tienes para reclamar al banco. Rellena nuestro formulario de contacto, sin compromiso.

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Pau A Monserrat Valenti 3 comentarios

Perito economista de hipotecas multidivisa

Cuando un cliente afectado por una hipoteca multidivisa se plantea demandar al banco, después de intentar un acuerdo extrajudicial al que rara vez se avienen las entidades financieras, se encuentra que tiene que hacer frente a los honorarios de dos tipos de profesionales: el abogado especializado en demandas de hipoteca multidivisa y el perito economista de hipotecas multidivisa. Además de la figura del procurador, ciertamente. El perito economista de hipotecas multidivisa es un profesional cuya función es emitir un informe pericial que analice la naturaleza del préstamo hipotecario en divisas, los riesgos asociados a este producto de crédito que el mismo Tribunal Supremo considera un producto financiero derivado, y el perfil del hipotecado.

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Luis García Langa 4 comentarios

¿Está seguro mi dinero en el Banco Popular?

Como es de sobras conocido, el Banco Santander se ha hecho con el 100% del Banco Popular tras un proceso de resolución organizado por el FROB y la Junta Única de Resolución. Con este proceso se evita el peor de los escenarios para los clientes que tenían dinero en el Banco Popular: la liquidación. La pregunta que cualquier cliente se estará haciendo en estos momentos claves es muy clara: ¿Está seguro mi dinero en el Banco Popular?

Sin embargo, este procedimiento también tiene consecuencias para los clientes del Banco Popular. Éstas han sido diferentes en función del vehículo de ahorro/inversión que utilizaban:

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Pau A Monserrat Valenti No hay comentarios

Comisión de seguimiento, control y evaluación de los acuerdos de cláusula suelo

Hoy se publica en el BOE el Real Decreto 536/2017, de 26 de mayo, por el que se crea y regula la Comisión de seguimiento, control y evaluación prevista en el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, y por el que se modifica el artículo 6 del Real Decreto 877/2015, de 2 de octubre, de desarrollo de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorro y fundaciones bancarias.

Una comisión que se supone ha de evaluar el resultado del más que mejorable mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos por cláusulas suelo. Con un retraso de más de 4 meses respecto al Real Decreto-Ley 1/2017 y de 3 meses del momento en que los bancos estaban obligados a negociar con sus clientes afectados por cláusula suelo. Un signo más de que el interés del legislador no es precisamente controlar a la banca, sino más bien hacer de contable de los acuerdos que han tenido a bien realizar con sus clientes.

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