Apreciado usuario,
Muchas gracias por tu pregunta.
Sin perjuicio de que tendríamos que analizar qué tipo de comisiones y porqué concepto, seguramente las comisiones que te están girando lo son de mantenimiento o administración de cuenta.
Puede que el contrato inicial que tenías con el banco no estableciera el cobro de comisiones, pero lo cierto es que si el banco te ha comunicado posteriormente la modificación contractual efectuada según el procedimiento legalmente previsto podrían ser válidas dichas comisiones en base al principio de libertad que rige el establecimiento de comisiones bancarias admitido por el Banco de España.
https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/criterios/Comisiones_de_m_ac714e667f08361.html
En cualquier caso, si no estás conforme con tales comisiones te recomendamos que escribas al Servicio de Atención al Cliente de Banco Sabadell y expongas tu disconformidad. Te facilito su correo electrónico:
SAC@bancsabadell.com
Quedamos a tu disposición,
Saludos,
Cristina Borrallo es licenciada en Derecho y Máster en Derecho Mercantil por la Universidad de Barcelona. Colegiada 5995 por el Colegio de Abogados de las Illes Balears.
Actualmente es Doctorando en el Departamento de investigación de Derecho Mercantil de la Universidad de las Islas Baleares con su tesis doctoral centrada en la regulación bancaria en los procesos de suscripción de capital y deuda de las entidades financieras.