Reclamación por cláusula suelo
Pau A Monserrat Valenti 64 comentarios

Si ya has puesto una reclamación por cláusula suelo al banco que te concedió la hipoteca, o bien estás pensando interponer una reclamación extrajudicial ante la entidad financiera, la información que vamos a darte en este artículo te interesan. Ya están llegando contestaciones de los bancos a solicitudes extrajudiciales de clientes de Futur Legal y nuestra abogada, Cristina Borrallo, confirma que, de momento, en el 100% de casos se ha denegado la solicitud al cliente afectado por cláusula suelo. Los argumentos esgrimidos por BBVA, Banco Popular o Banca March van de la denegación sin explicar las razones de tal decisión contraria a los intereses del cliente, a tácticas claramente dilatorias que buscan o parecen buscar hacer perder meses al cliente. Incluso BMN, que va a ser absorbido por Bankia, ha denegado la devolución de cantidades de alguno de nuestros clientes, pese a lo que recogen los medios de comunicación.

El mecanismo de reclamación extrajudicial establecido en el Real Decreto-ley 1/2017 ya alertamos que era claramente favorable a los intereses de la banca, más que una forma gratuita y rápida de recuperar el dinero pagado de más sin tener que demandar al banco. El cliente, no obstante, debe someterse a esta penitencia extrajudicial para no perder la posibilidad de ganar en costas, si el banco en algún momento se allana a la demanda y acepta pagar. Exactamente dice el artículo 4:

Readl Decreto-ley 1/2017 art. 4

¿Cuánto tiempo he de esperar a qué el banco conteste?

La reclamación por cláusula suelo la puede interponer directamente el cliente, usando los formularios que los bancos ponen a su disposición, o bien acudir a abogados especializados para que hagan un escrito fundamentando jurídicamente la reclamación extrajudicial. En cualquier caso, el reclamante tiene que esperar 3 meses a que el banco le conteste (o a que no le conteste), antes de poder interponer una demanda judicial. Dice el artículo 3:

Art. 3 reclamación cláusula suelo

¿Con el formulario del banco?

Entidades financieras como Banco Popular, EVO o Banca March, entre otros, están contestando a los clientes que han presentado una reclamación en un documento diferente al que proporciona el banco, que no aceptan la reclamación extrajudicial en otro formato que no sea su formulario. Una obligación que no se fija en el Real Decreto-ley y que, básicamente, es una forma de hacer perder el tiempo al cliente y volver a poner en marcha el taxímetro legal de los 3 meses.

Desde Futur Legal entendemos que no hay obligación de presentar la reclamación con el formulario del banco, lo que implica que si el banco nos contesta que no acepta la reclamación por no haberla presentado con su formulario, el cliente tiene vía abierta para reclamar judicialmente. No obstante, no sabemos si algún Juez interpretará lo contrario y arriesgamos a no ganar en costas. Si no tenemos excesiva prisa, volvamos a interponer la reclamación mediante su formulario.

Contestación del banco

Hasta la fecha todos los bancos a los que nuestros clientes han presentado reclamación por cláusula suelo extrajudicial o siguen sin responder (tienen 3 meses), o les han exigido que rellenen una nueva reclamación vía formulario o les han denegado la devolución, con contestaciones genéricas o incluso sin explicar la razón de la denegación. Muy expresivo del poco interés en devolver cantidades son las contestaciones, como denuncia Adicae, por ejemplo.

La única utilidad de este engorroso trámite extrajudicial habría sido que se obligara a los bancos a dar el cálculo exacto de las cantidades pagadas de más por la cláusula suelo, que les habría ayudado mucho y, de ser correctos, ahorrado el coste de contratar un economista para los cálculos. Sin embargo, se les exime de dicha obligación si no dan la razón a sus clientes, práctica generalizada por la experiencia de este despacho.

Próxima parada: la demanda judicial

Si hemos interpuesto reclamación por cláusula suelo y el banco no nos da la razón o nos ofrece menos dinero del que corresponde, llega el turno de interponer una demanda por cláusula suelo. El trámite extrajudicial nos garantiza que, si ganamos, la entidad financiera nos pagará las costas del procedimiento judicial.

Por desgracia para los afectados por cláusula suelo, el mecanismo de reclamación extrajudicial no parece que vaya a ser una solución para casi nadie. Es un trámite que hay que seguir, no obstante, para no perder la posibilidad de ganar en costas.